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¿ALÓ, WILLIAM OJEDA? Candidatos que no retiren propaganda serán multados por Bs. 105.000

Una vez pasadas las elecciones, el Reglamento Electoral de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), es muy claro en cuanto al retiro de propaganda, dando un plazo máximo de 30 días para quitar todos los carteles, anuncios y cualquier tipo de propaganda electoral al respecto o si no, acarreará una sanción.

“Los candidatos, organizaciones con fines políticos, grupos de electores, así como las comunidades u organizaciones indígenas deberán retirar sus carteles, dibujos, anuncios u otros medios de propaganda electoral que afecten el ornato de la ciudad, dentro de los treinta (30) días siguientes a la terminación de la misma; todo ello sin menoscabo de las competencias que sobre la materia corresponden a las alcaldías al concluir el evento electoral” así reza el artículo 208.

Foto: Twitter

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A este artículo lo acompaña el 239 que indica que quienes incumplan esta regulación serán sancionados con multa de quinientas Unidades Tributarias (500 U.T.) a setecientas Unidades Tributarias (700 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día de arresto por Unidad Tributaria. Eso equivale actualmente a una multa entre Bs. 75.000 y Bs. 105.000, debido a que una unidad tributaria cuesta Bs. 150.

La actual disposición obliga a partidos, candidatos y grupos de electorales a retirar toda la propaganda electoral que incluye retornar a su estado original las fachadas y muros que fueron intervenidas para pintar murales, las vallas colocadas en la vía pública así como carteles y similares utilizados para intentar ganar el apoyo popular en las urnas antes del 3 de enero de 2016.

Con información de El Nacional.

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