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¡AQUÍ ESTÁ! Conozca cuáles servicios debe prestar la banca con agencias cerradas esta semana por la cuarentena en Venezuela

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario de Venezuela (Sudeban) anunció que no atenderán al público hasta el 15 de junio, debido al nuevo período de cuarentena social que debe cumplirse en el país para contener la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19), en el marco del esquema siete por siete (7 días de normalidad vigilada – 7 de confinamiento) adoptado por el régimen de Nicolás Maduro.   

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De acuerdo a la circular publicada por el ente, durante esta semana de cuarentena deberán tomarse las siguientes previsiones, para asegurar complementariamente el desarrollo de las siguientes actividades: 

– Procesos para otorgamiento de créditos asociados a la protección del aparato productivo del país y especialmente los referidos a la cartera productiva única nacional. 

– Soporte tecnológico e infraestructura necesario para la continuidad de los proyectos de tecnología críticos, y especialmente los referidos a banca electrónica y medios de pago. 

– Atención de fallas tecnológicas y físicas en la infraestructura. 

– Entrega de tarjetas de débito y crédito a pensionados y otros clientes. 

– Asignación del servicio de punto de venta. 

– Atención y resolución de fraudes y reclamos. 

– Contención y mitigación de fraudes tecnológicos. 

A continuación el texto íntegro:

Circular N° SIB-DSB-CJ-OD-02831 relativa a la Continuidad del servicio bancario durante el Estado de Alarma y Flexibilización

Sudeban informa, domingo 7 de junio de 2020

La Sudeban de acuerdo a la Circular N° SIB-DSB-CJ-OD-02831 enviada a todas las Instituciones del Sector Bancario relativa a la Continuidad del servicio bancario durante el Estado de Alarma y Flexibilización de la cuarentena instruye lo siguiente, a partir del día lunes 08 de junio de 2020, en virtud de la fase de flexibilización de la cuarentena, exclusivamente para los sectores priorizados, dentro de los que se incorporó el Sector Bancario:

Del período de cuarentena estricta

• El cumplimiento del lapso de 7 días que corresponden a la suspensión de actividades dictadas por el Ejecutivo Nacional, iniciarán a partir del día lunes 08 de junio de 2020.

• A los fines de proporcionar atención a los usuarios de todo el territorio nacional durante el período de 7 días de cuarentena la Institución deberá gestionar la asistencia del personal esencial requerido para la atención efectiva de los clientes, usuarios y usuarias, a través del uso óptimo de los cajeros automáticos, banca por internet, medios de pago electrónico, tales como Pago Móvil Interbancario (P2P, P2C,C2P).

Del período de actividad

• La red de agencias bancarias, durante el desarrollo de la fase de flexibilización de la cuarentena, que contempla un lapso de 7 días de labores, que iniciará el 15 de junio de 2020, ofrecerán atención al público en un horario comprendido de 09:00 a.m. a 01:00 p.m.

• La red de agencias laborará conforme al cronograma establecido por esta Superintendencia en la Circular N° SIB-DSB-CJ-OD-02793 de fecha 31 de mayo de 2020.

La vicepresidenta oficialista Delcy Rodríguez anunció este viernes que ahora el nuevo esquema será de 7 días de flexibilización y luego 7 días de cuarentena “muy rigurosa”.

Redacción Maduradas con información de Sudeban y Banca y Negocios

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