La Superintendencia de la Instituciones Bancarias (Sudeban) emitió un comunicado en el cual informó que los bancos del país deberán pedir permiso para suspender sus operaciones.
Esto lo dijo refiriéndose a los anuncios publicados por BOD y Banesco en referencia al cierre contable del 2016.
El comunicado indica que la banca necesitará una autorización previa antes de ejecutar alguna medida que conlleve la suspensión de las operaciones o servicios del banco.
Asimismo, el texto señala que cada banco deberá avisar con un mínimo de diez días de anticipación antes de proceder a la suspensión de alguno de sus servicios. Además deberá remitir:
- Informe detallado de las actividades a ser realizadas y el motivo de dicha suspensión.
- Tiempo máximo estimado de la suspensión, el cual en ningún caso podrá exceder de veinticuatro horas (24 hrs).
- Análisis de los riesgos que podría implicar la interrupción de los servicios que dejarán de prestarse a los clientes y usuarios.
- Modelos de aviso de prensa y demás publicidad informativa sobre la acción a realizarse.
- Informe del Área de Tecnología y Prevención del Fraude de la Institución donde detalle el cronograma de las acciones a ejecutar, y sus posibles incidencias.
- Horario exacto durante el cual se llevará a cabo el proceso, el cual no debe coincidir con el horario hábil habitual de la institución bancaria.
Sudeban advirtió que incumplir los puntos antes establecidos conlleva a una sanción de conformidad con lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario.
Con información de Caraota Digital
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