El Banco Central de Venezuela prohibió a la banca la activación de cualquier producto o servicio que los bancos universales y microfinancieros ofrezcan a sus clientes y/o usuarios para facilitar, con cargo a las cuentas en moneda extranjera por ellos mantenidos, el pago en divisas de bienes y servicios en el país.
El ente emisor interpreta que este tipo de transacciones se considera un retiro en efectivo de una cuenta a otra sin la intervención de un banco corresponsal internacional; es decir, sin una institución autorizada que realizara la compensación del cargo antes de su liquidación.
Sin embargo, la decisión del emisor generó muchas reacciones en las redes sociales, pues hasta algunos economistas se sintieron confundidos.
Ante ello, la firma consultora Aristimuño Herrera & Asociados para Banca y Negocios, respondió algunas preguntas relevantes, en función de despejar dudas e inquietudes sobre la comunicación del BCV:
– ¿El comunicado modifica el régimen que permite tener cuentas en divisas en la banca nacional?
– No. El Convenio Cambiario N° 1 que establece que el manejo y la movilización de dichas cuentas, deberá efectuarse mediante transferencias, cheques del banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior, así como mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior, permanece vigente y sin reformas.
La comunicación ordena la no activación de productos transaccionales no previstos en la norma y aclara la interpretación que hace el Banco Central de Venezuela sobre la naturaleza de las operaciones de pago en efectivo.
– ¿Se pueden abrir cuentas en divisas en la banca local?
– Sí. La normativa cambiaria vigente permite expresamente en su artículo 32.
– ¿Se pueden hacer retiros de efectivo contra fondos en moneda extranjera de cuentas en la banca nacional?
– Sí, de acuerdo con la normativa vigente.
– ¿Se pueden seguir haciendo consumos con tarjetas de crédito internacionales en el territorio nacional?
– Si. El sistema prevé que el comercio donde se realice la compra reciba el pago en bolívares a la tasa de cambio oficial a la fecha de la liquidación.
– ¿Se pueden utilizar plataformas como Zelle o Venmo para procesar pagos y transferencias?
– Si. El alcance de la instrucción del BCV opera exclusivamente para las cuentas en divisas abiertas en la banca nacional.
– ¿Se pueden hacer transferencias entre cuentas en divisas abiertas en la banca nacional entre distintos titulares del mismo banco?
– Si. Estas operaciones están permitidas en la normativa vigente.
– Lo que no se puede hacer –
Básicamente, la norma busca obstruir las operaciones con billeteras digitales y sistemas de pago no autorizados o no sujetos al control directo del Banco Central de Venezuela.
Igualmente, no está permitida la emisión de herramientas de pago -tarjetas de crédito o débito- que permitan pagar consumos en divisas contra los fondos depositados en cuentas en moneda extranjera abiertas en la banca nacional.
Con información de Banca y Negocios
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