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¡ATENTOS! Los bancos ya tienen nueva normativa para operar con dólar flotante

El portal El Estímulo informó que ya fueron publicadas en Gaceta Oficial las normas de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, que regulan el procedimiento que seguirán bancos públicos y privados para registrar las transacciones liquidadas a tipo de cambio complementario flotante de mercado.

Crédito: pixabay.com

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Desde el pasado 7 de septiembre, entraron en vigencia las normas sobre los beneficios netos originados por las operaciones cambiarias que realizan las instituciones bancarias en los mercados alternativos a dolar flotante. Deberán ser aplicadas desde el cierre de agosto.

En marzo pasado, se autorizó la vuelta del tipo de cambio dual, es decir, la tasa de cambio protegido (Dipro) y el esquema de flotación de divisas (Dicom).  En este convenio se dio un plazo de 30 días para que el Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela publicaran los lineamientos de la nueva plataforma tecnológica del Dicom, que permitiría la libre compra y venta de divisas.

Pero seis meses han pasado y aún no se ha dado a conocer esa plataforma. Con esta resolución emitida por la Sudeban, se infiere que el gobierno daría luz verde a las operaciones del Dicom, aunque faltaría aún los aspectos técnicos, detalla la periodista Ahiana Figueroa. 

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Redacción Maduradas con información de El Estímulo. 

¿A qué se debe que el gobierno presente estas normativas seis meses después y en este momento? Opine.

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