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¡AUNQUE USTED NO LO CREA! Sentencia de López ignora las muertes de Da Costa y Redman

En el documento de la sentencia del dirigente opositor Leopoldo López, de 13 años, 9 meses y 14 días, que le otorgó la jueza Susana Barreiros, desechó por completo las muertes de Bassil Da Costa, Robert Redman y Juan Montoya en el relato de los hechos ocurridos el 12 febrero del 2014; por los cuales López fue encarcelado y sancionado.

Y es que su defensa, asegura que hay pruebas de que las situaciones de violencia, de ese día, en las inmediaciones de la Fiscalía General de la República se produjeron tras los asesinatos de Da Costa y Redman. Cuyos señalamientos han apuntado, por la misma Fiscalía General de la República en el caso de Dacosta y de Montoya, hacia el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin).

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El pasado año, López presentó una denuncia contra el presidente Maduro y el ministro de Interior, Rodríguez Torres, “por considerar que las pruebas de la investigación de la Fiscalía demuestran que el verdadero responsable de las muerte de Bassil Dacosta y Juan Montoya es el presidente de la República”, informó en octubre del 2014 el abogado defensor, Juan Carlos Gutiérrez, quien agregó en esa oportunidad que la acción judicial incluyó también al director del Sebin, Manuel Gregorio Bernal.

Un juicio con solo dos pruebas admitidas

En el escrito de ocho páginas de la sentencia, publicado por el periodista Eligio Rojas en su blog, estipula que las acciones violentas se originaron luego de que “no” le “gustara” a los manifestantes, del 12 de febrero del pasado año, el hecho de que les plantearan ser atendidos por un director del Ministerio Público (MP), en vista de que la fiscal Luisa Ortega Díaz no se dispuso a recibir a los representantes de la manifestación. Así como del discurso que dio López a su retirada del lugar.

“En su breve motivación”, Barreiros expuso que el preso político, reconocido por diversos voceros de la comunidad internacional, “hizo llamados a la calle los cuales produjeron una serie de hechos violentos, desconocimiento de las autoridades legítimas y desobediencia de las leyes, que desencadenó en el ataque desmedido por un grupo de personas que actuaron determinados por los discursos del mencionado ciudadano”. Para sustentar su afirmación, la jueza Barreiros mencionó 18 fotografías aportadas por el Ministerio Público alusivas a los mensajes dejados a lo largo de la marcha del 12-F, precisa Rojas en su blog.

Pero Barreiros pudo declarar basándose en las fotografías del MP, porque los elementos probatorios que le admitieron al organismo registraron un total de 162, “con más de 2.000 fotos”, en vista de que a la defensa de López, quien denunció en reiteradas oportunidades que el juicio estaba “amañado”, solo le permitieron dos.

A continuación los documentos de la sentencia de Leopoldo López:

Un acta sin firmar

Al finalizar la lectura de las ocho páginas, el tribunal 28º de Juicio invitó a las partes a estampar su firma en el acta de la sesión final, puntualizó Rojas.

“El documento se venía redactando a medida que transcurría el debate iniciado a las 12:15 y cerrado a las 6:24 pm cuando López terminó su intervención. Esa acta tiene 1.300 páginas. Leopoldo López se negó a firmarla así como su abogado Francisco Santana. Tampoco lo hicieron Rafael Quiñonez, Amed Quiñonez ni Andrea Santacruz, defensores de Holdack, quien se paró de su puesto para rubricar el documento pero uno de ellos le gritó que no lo hiciera. También se abstuvo Joel García, abogado de Ángel González”, indicó el comunicador social.

Barreiros tiene hasta el 28/09 para publicar la sentencia

El abogado Juan Carlos Gutiérrez, aseguró en un contacto telefónico con el canal de noticias NTN24, que la jueza 28º de juicio del Área Metropolitana de Caracas, tiene hasta el lunes 28 de septiembre para publicar la sentencia condenatoria del también coordinador nacional de Voluntad Popular.

Gutiérrez indicó que el plazo inicialmente concluiría el viernes 26, pero se corrió debido a que este jueves 17 no hubo despacho. “Nosotros estamos esperando la publicación de la sentencia para poder apelar. Tenemos hasta el 12 de octubre para ejercer las acciones que consideremos convenientes”, explicó

Vía El Cooperante.

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