Recientemente, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia creó la Resolución 5477, la cual, a partir de octubre, establecerá nuevas reglas para acceder a las visas colombianas.
De acuerdo con lo reseñado por El Nacional, el principal cambio de la norma tiene que ver con los tiempos de estudio de cada solicitud: anteriormente, tardaba hasta cinco días hábiles y ahora se extenderá hasta 30 días.
«Una vez diligenciada completamente la solicitud, con el aporte de todos los documentos exigidos y cumplido el pago correspondiente por el estudio de la solicitud, la Autoridad de Visas e Inmigración tendrá hasta treinta (30) días calendario para emitir el pronunciamiento», indica el artículo 13 de la nueva resolución.
Así mismo, si la Cancillería llegara a requerir de más información o documentación, el periodo podría extenderse. En el caso de que el solicitante no acreditara o completara lo requerido, la aprobación del documento quedará a discreción de la Autoridad de Visas e Inmigración.
«La Autoridad de Visas e Inmigración tendrá la potestad de solicitar documentación adicional y realizar entrevistas en los casos en que lo estime conveniente, con el fin de asegurar la veracidad de la actividad que ha desarrollado o aspira a desarrollar el extranjero en Colombia«, añade el documento.
Vale señalar que la referida resolución estipula que quienes soliciten la visa de permanencia en el país deberán tener un pasaporte con una vigencia mínima de seis meses.
Además, añade: «Si el extranjero solicitante se encuentra en Colombia, deberá asegurarse de permanecer en estado migratorio regular durante todo el tiempo que se prolongue el procesamiento de su solicitud, ya sea al amparo de una visa vigente, de un salvoconducto o de un permiso de permanencia».
Requisitos para los venezolanos
Es importante destacar que, entre los cambios establecidos por Colombia, destaca la incorporación de nuevos requisitos para los venezolanos que viven en ese país bajo el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos (ETPV) y desean obtener una visa de Residente Permanente (R).
Estos son los requisitos:
– Haber sido titular del documento Permiso Especial de Permanencia vigente durante 5 años, o documento que demuestre que ha sido titular de Permiso de Protección Temporal, PPT, vigente durante 5 años; o haber completado 5 años de tiempo acumulado entre los dos anteriores”.
– También deben contar con un Permiso de Protección Temporal vigente.
Redacción Maduradas con información de El Nacional
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