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¡CONTROVERSIAL! «No respaldaré ninguna decisión que responda a intereses políticos»: Guaidó tras el rechazo a su propuesta de reestructuración de Monómeros

Tras una votación nominal interrumpida y accidentada, la Comisión Delegada de la Asamblea Nacional (AN) electa en 2015 frenó el decreto N° 38 que propuso el presidente encargado de Venezuela, Juan Guaidó, para ordenar la reestructuración inmediata de la empresa Monómeros Colombo Venezolanos (S.A). 

Juan Guaidó (@jguaido)

«No respaldaré ninguna decisión que responda a intereses políticos. Toda acción debe sostenerse en la institucionalidad. Por eso presenté el Decreto N° 38 para la reestructuración de Monómeros el pasado 05/10, que lamentablemente fue rechazado hoy en el Parlamento», escribió el mandatario interino en su cuenta de Twitter.  

«Algunos puntos del Decreto propuesto se recogen en las acciones aprobadas hoy en la Comisión Delegada, pero pensamos que ellas son insuficientes. Debemos diferenciarnos de la dictadura: ser ejemplo y defensores activos de los principios de la democracia que luchamos por construir», agregó.  

La votación nominal (por nombre y apellido) de los tres miembros de la directiva, más los presidentes de las 15 comisiones permanentes de la AN, arrojó 10 votos en contra, cinco a favor y tres abstenciones. El primero en votar «sí» fue precisamente Guaidó.  

El primer vicepresidente de la AN, Juan Pablo Guanipa, votó en contra y expresó: «No debía someterse a consideración un decreto que es parte de la materia de la comisión especial que se designó para investigar. Voto no».

¿QUÉ PASÓ CON MONÓMEROS?


La Superintendencia de Sociedades de Colombia anunció que en ejercicio de sus atribuciones de inspección, vigilancia y control, previstas en la Ley 222 de 1995, sometió a control a la sociedad Monómeros Colombo Venezolanos S.A. 

El control es el máximo grado de supervisión que ejerce la reguladora sobre una sociedad comercial, para ordenar los correctivos necesarios para subsanar una situación crítica de orden jurídico, contable, económico o administrativo. 

«Esta es una atribución de carácter administrativo que se limita, entre otras, a la facultad de promover la presentación de planes y programas de mejoramiento para subsanar situaciones críticas, que deben preparar y aprobar los órganos de administración y dirección de la misma sociedad, respectivamente», estableció el ente regulador.

 

Redacción Maduradas

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