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¡DEBES SABERLO! Los 11 datos clave sobre el impuesto a transacciones en dólares que busca imponer el régimen de Maduro

El abogado Daniel Betancourt aclaró 11 dudas sobre la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) impulsada por el chavismo.

Lightfield Studios

El presidente de la Comisión de Economía, Finanzas y Desarrollo Social de la ilegítima Asamblea Nacional (AN), electa en 2020, Jesús Faríanegó el pasado jueves 10 de febrero que se esté «exprimiendo» los bolsillos de los venezolanos con la IGTF.  

Durante una entrevista ofrecida a Venezolana de Televisión (VTV), recalcó que la idea es promover el uso de bolívar como medio de pago, para que así los venezolanos eviten la cancelación de impuestos al utilizar el dólar en sus operaciones de compra y venta.   

Sin embargo, en una entrevista a la cadena radial Circuito Éxitos, el economista Ronald Balza reiteró que dichos impuestos no lograrán que los venezolanos no continúen operando con divisas, en especial con el dólar estadounidense. «La gente los gasta apenas los tiene, usan dólares porque ya no les quedan bolívares», enfatizó. 

Mientras, el debate está instalado estas son las respuestas de Betancourt, en una entrevista ofrecida a El Pitazo, a 11 dudas sobre la polémica legislación.

1.- Para las transacciones en divisas a través del sistema financiero nacional la tasa será de entre 2% y 8%, y para los pagos a los sujetos pasivos especiales, incluidas las transacciones en efectivo, será de entre 2% y 20%. Los proyectos que se han conocido establecen una alícuota de entre 2,5% y 3%, sin embargo, hay probabilidades de que aumenten de forma paulatina. 

2.- No está claro el proceso de recaudación. Una opción es que las personas naturales o jurídicas que realice una transacción en moneda extranjera declaren ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) y pague el impuesto, lo cual no es factible. La otra opción es que grandes contribuyentes con una plataforma administrativa robusta que estén cerca de operaciones gravadas perciban el tributo en nombre del Estado, podría ser la banca. 

3.- Sobre si cambiará la emisión de facturas. Es necesario esperar la reglamentación del Seniat para el cobro de este impuesto. 

4.- Sobre cómo será el cálculo si el pago es mixto, explicó: «El impuesto solo debería generarse por el pago en monera extranjera, el Seniat debe seleccionar si los comercios deben entregar factura o comprobante de percepción, no obstante, complicará la dinámica en caja entre compradores y vendedores», argumentó.

5.- Respecto a los pagos con tarjetas internacionales, apuntó que «si el vendedor es sujeto pasivo especial, pero recibe bolívares se genera una operación de cambio que está exenta y el pago en bolívares no está gravado, por lo tanto, no aplica. En el caso de que los montos pagados con las tarjetas sean dólar contra dólar sí se genera el impuesto».  

6.- Si el impuesto se cobra en bolívares, ¿los comercios están obligados a convertir esos dólares a bolívares para pagarlos al ente recaudador? Ante esta interrogante, respondió: «Probablemente, lo que tengan que hacer, no porque sea una obligación, pero es posible que sacrifiquen el flujo de caja en bolívares para pagar el impuesto».  

7.- ¿Se cobrará de manera paralela con el IVA? «Son dos impuestos distintos. El IVA grava el consumo y el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras es un impuesto al pago. La administración tributaria debe aclarar cuál es la base imponible, si el precio del bien o el precio más el IVA», comentó.  

8.- ¿La Ley afectará a las importaciones y exportaciones? «La Ley anterior de 2016 establecía entre los principios de territorialidad que si existía una causa en Venezuela para realizar ese pago debe pagarse el IGTF. Pareciera que la tendencia es a que el impuesto tenga efectos extraterritoriales por lo que las operaciones de importación pudieran terminar siendo gravadas», consideró.  

9.- ¿Cómo afecta a la venta de bienes como vehículos o inmuebles? «Si la venta es de persona natural a persona natural pareciera que no hay problemas porque el impuesto solo se genera si hay un flujo económico en el sistema financiero nacional de dólar contra dólar o si se hace un pago ante un sujeto pasivo especial, lo mismo ocurre con los vehículos, pero si el vendedor es un sujeto pasivo especial sí se generará el impuesto», acotó el especialista

10.- ¿Aplica al pago de alquileres? «Si el arrendador es sujeto pasivo especial se genera, pero si son personas naturales no debería generarse el impuesto», agregó.  

11.- ¿Se cobrará en el pago en hoteles? «Los hoteles y exportadores cuando reciben dólares tienen la obligación de cambiar parte de sus divisas al Banco Central de Venezuela (BCV), de acuerdo con lo previsto en el convenio cambiario N°1. Si además son sujetos pasivos especiales cuando reciban el dólar tendrán que cobrar el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras», detalló. 

Redacción Maduradas con información de El Pitazo

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