La Asamblea Nacional fijó en 12 meses la vigencia máxima de un eventual gobierno de transición encabezado por el presidente encargado Juan Guaidó, que comenzaría cuando “cese” de “usurpación” del poder por parte de Nicolás Maduro.
“Una vez cesada la usurpación”, Guaidó “ejercerá durante 30 días continuos como presidente encargado” para “conducir el proceso que conlleve a la conformación de un gobierno provisional (…) y la realización de elecciones presidenciales libres”, establece la Ley del Estatuto para la Transición, aprobada este martes en sesión ordinaria.
Si hubiese “imposibilidad técnica para convocar” a las votaciones en esos 30 días, el Parlamento “podrá ratificar al presidente encargado como presidente provisional”, con un mandato con “plazo máximo de doce meses”.
El texto establece, sin embargo, que los comicios deberán “realizarse en el menor tiempo posible”.
La Constitución ordena que, en caso de “falta absoluta” en la presidencia, debe convocarse a elecciones en 30 días y que el jefe del Legislativo, actualmente Guaidó, se encarga del cargo mientras un nuevo mandatario asume el poder.
La ley “da marco, orden y busca gobernabilidad y estabilidad de cara a un proceso de transición”, dijo tras la votación Guaidó, reconocido por Estados Unidos, una docena de países de América Latina y una veintena de Europa.
El Parlamento, en el camino a la transición, se comprometió a una renovación de todos los poderes públicos, incluidos los poderes judicial y electoral.
Redacción Maduradas con información de AFP
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