Nicolás Maduro, a través de la Gaceta Oficial número 6.450, decretó como «cultivos y crías de guerra» 18 rubros, con el fin de “atribuirles condiciones especiales a sus respectivos encadenamientos productivos en función a las necesidades de consumo de alimentos”.
El Decreto 3.824 establece como cultivos y crías de guerra las siguientes especies vegetales:
Frijol
Topocho
Plátano
Caraota
Maíz
Papa
Quinchoncho
Yuca
Ocumo
Ñame
Auyama
Apio y plantas medicinales
Así como la cría de especies animales: cunícola, avícola, caprino, ovino y porcinos.
“El término de cultivos y crías de guerra, debe entenderse como la condición que adquieren estos rubros ante la amenaza actual y efectiva a las condiciones básicas para su producción, procesamiento y acceso de los rubros objeto de este Decreto”, apunta la Gaceta.
Redacción Maduradas con información de Nota de Prensa.
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