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¡ENTÉRESE! Lo que establece la nueva resolución del BCV que fija anclaje de créditos comerciales a dólar oficial

Mediante una resolución, el Banco Central de Venezuela (BCV) oficializó el anclaje del valor de los préstamos comerciales al tipo de cambio oficial, derivado de las operaciones de las mesas de cambio de la banca.

Foto: La Prensa

Según la resolución 19-09-01, publicada en la Gaceta Oficial N° 41.742, se estableció que las instituciones bancarias al momento de la concesión del crédito, “deberán expresar la obligación en términos de la Unidad de Valor de Crédito Comercial (UVCC)”.

En este sentido, se debe “dividir el monto en bolívares a ser liquidado del crédito otorgado entre el Índice de Inversión vigente para dicha fecha, el cual será determinado por el BCV tomando en cuenta la variación del tipo de cambio de referencia del mercado y publicado diariamente en su página web”.

El Banco Central de Venezuela fijó, en sus parágrafos primero y segundo, que quedan excluidas de la resolución, “aquellas operaciones activas relacionadas con Tarjetas de Crédito (TDC), microcréditos, préstamos comerciales en cuotas a ser otorgadas a personas naturales por concepto de créditos nómina y los dirigidos a empleados y directivos de bancos”.

De igual manera, el BCV indicó que las entidades bancarias “deberán cobrar a sus clientes por las operaciones activas derivadas de los créditos comerciales en cuotas a ser otorgadas a personas naturales por concepto de créditos nómina y los dirigidos a los empleados y directivos de esas entidades”; así como para los microcréditos, una tasa de interés anual que no podrá exceder de la vigente para operaciones activas relacionadas con Tarjetas de Crédito”.

Redacción Maduradas con información de El Universal.

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