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¡FELICIDAD PARA ALGUNOS! Viajeros con cupos ya activos mantendrán montos anteriores

Solicitudes entregadas antes del 24 de enero de 2014 se mantienen con el cupo anterior. Los trámites cuyo estatus sea «recibido por el banco» se regirán por las condiciones previstas en la Providencia 099 de 23 de febrero de 2010.

Alejandro Fleming - CENCOEX - CADIVI

La nueva Providencia que rige el cupo anual para viajeros y otras modalidades, señala que las solicitudes de autorización para realizar pagos en divisas con tarjeta de crédito en el extranjero, debidamente consignadas ante el operador cambiario cuyo estatus sea “recibido por el banco”, se regirán por las condiciones y trámites previstos en la Providencia 099, publicado del 23 de febrero de 2010.

De esa forma, aquellas personas que tramitaron viajes para el estado de La Florida en EEUU, mantendrán el monto de divisas con el efectivo de 500 dólares adicional al monto máximo aprobado de 2.500 dólares. Asimismo, para el resto de los viajes.

En la nueva normativa estos montos se deducen del total de los 3.000 dólares por año calendario.

Cupo Viajero

Fleming añadió que el monto máximo autorizado por el Estado es de 3 mil dólares. “De este monto se descuentan todos los otros conceptos (…) se descontará el pago por Internet en tarjetas de créditos, el uso de las tarjetas de crédito en el exterior y el acceso a efectivo para el viaje en el exterior”, enfatizó.

“Pueden acceder a estas modalidades establecidas en la providencia 125 las personas que están legalmente en Venezuela, esos trámites son: divisas en efectivo, uso de tarjeta de crédito y pago de las compras por Internet Quedan excluidos los beneficiaros de remesas familiares, pago de utilidades académicas”, acotó Fleming.

Para el efectivo, el tipo de cambio va a ser aquel que establezca el Banco Central de Venezuela, cuando liquide las divisas.

Para el uso de tarjetas de crédito, tanto para viajes como para pagos de internet, las tarjetas deben tener más de 6 meses de emitidas. Denunció que se están haciendo “falsas adopciones” para sacar divisas del país a tasa oficial.

Fleming añadió que la providencia para boletos aéreos garantiza a los venezolanos su derecho a viajar.

Remesas familiares

Indicó que quienes están residenciados fuera de Venezuela, no podrán realizar los trámites adquisición de divisas para viajes en el exterior ni solicitudes para pagos con cupo electrónico. “Solo se podrá remesar a las personas que tengan la siguiente relación filial: abuela, cónyuge, nieto, madre, padre”, indicó Fleming, quien expresó que el concubino ya no podrá acceder a las remesas.

Quienes accedan a las remesas podrán recibir hasta un máximo de 500 dólares mensuales para enviarlos a sus familiares en el exterior, no más de 166,66 dólares por beneficiario.

En están reunión se aclara la situación en materia cambiaría del país, solicitudes de viajeros y personas jurídicas o naturales que requieran adquirir divisas mediante las subastas del Sistema de Administración de Divisas (Sicad). Agregó, también que la providencia 096 sobre remesas deja de tener vigencia a partir de este viernes.

“Aquellos usuarios que hayan procesado su solicitud de remesa bajo la vieja providencia, deberán ingresar a Cadivi y hacer el trámite nuevamente (…) Las solicitudes que estén en estatus ‘Recibida’, se aplica el régimen anterior “, dijo Fleming.

Con información de AVN / LaPatilla / ElMundo

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