José Ignacio Hernández, procurador general de la República designado por la Asamblea Nacional, desmontó, con una sencilla explicación, la «omisión legislativa» que el régimen lanzó contra el Parlamento para designar rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE).
«La Sala Constitucional invocó el artículo 336.5 de la Constitución que le otorga competencias para declarar “las omisiones del legislador”. ¿Qué significa eso exactamente? Cuando el Poder Legislativo debe tomar determinada decisión y, pese a ello, no lo hace, la Sala Constitucional puede declarar que el Poder Legislativo ha omitido el ejercicio de sus competencias«, explicó en artículo de opinión publicado en La Gran Aldea.
Sin embargo, señaló que el propio Artículo 336.5 de la Constitución limita el alcance de esa declaratoria de “omisión legislativa”.
En este caso, según dijo, la Sala Constitucional únicamente puede establecer el plazo y, de ser necesario, los lineamientos de su corrección.
«Esto es, que la Sala Constitucional tan solo podría ordenar al Poder Legislativo a actuar, y como mucho, dar lineamientos sobre la actuación que debe llevar a cabo. Pero en modo alguno puede la Sala Constitucional sustituirse en el Poder Legislativo«, agregó.
Y añadió: «La Sala Constitucional anunció su decisión número 68, que declara la omisión legislativa de la AN en la designación de los rectores. Pareciera que, por los momentos, la Sala Constitucional solo ha declarado la “omisión legislativa”, sin designar a los rectores. Pero con los antecedentes señalados, el próximo paso en este fraude procesal será la designación de los “nuevos rectores” del CNE«.
Redacción Maduradas con información de La Gran Aldea
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