El pasado sábado 2 de abril, Ana Azevedo Paixão, socia de Asesoría Fiscal de la consultora PwC Venezuela, informó que aquellas empresas que no cobren el Impuesto a las Grandes Trasacciones Financieras (IGTF) a los pagos con divisas o criptomonedas distintas al Petro podrían exponerse a «severas» sanciones.
Las referidas sanciones están establecidas en el Código Orgánico Tributario (COT) vigente y consisten en multas que van desde 100% al 1.000% del tributo, según la falta. La experta detalló que no se excluyen las penas de prisión.
«De acuerdo al COT, el no percibir los tributos estará sujeto a una sanción de 500% sobre monto tributo no percibido y por percibir de menos del 100%. En caso de percibir el tributo y no enterarlo a la AT (Autoridad Tributaria) estaría sujeto a una sanción de 1000%, sin perjuicio de penas de prisión«, sentenció.
De acuerdo al COT el no percibir los tributos estará sujeto a una sanción de 500% sobre monto tributo no percibido y por percibir de menos del 100%.
En caso de percibir el tributo y no enterarlo a la AT estaría sujeto a una sanción de 1000%, sin perjuicio de penas de prisión. pic.twitter.com/JSYF3TE5VV
— Ana Azevedo Paixão (@azevedopaixao) April 2, 2022
Redacción Maduradas
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