A través de su cuenta en Twitter el abogado Leonardo Palacios explicó las razones por las cuales la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) viola la Constitución de República Bolivariana de Venezuela con la ley de impuestos.
En primer lugar, afirmó que esta “ley de impuesto patrimonial” viola el artículo 156, numeral 13, de la Constitución pues no va en concordancia con la doble imposición ni con las disposiciones internas de restablecimiento permanente.
“Ley de Asamblea Nacional Constituyente (no debemos llamarla constitucional) viola el artículo 156.13 de la Constitución. No armoniza con los tratados de doble imposición ni con las disposiciones internas en materia de establecimiento permanente. Sigue el “chorrero normativo” en el tema”, recalcó.
Asimismo, el abogado señaló que la Asamblea Nacional Constituyente “no tiene competencia” para legislar y, además, la ley no fue consultada, lo que resulta en una “auto imposición” de la misma.
“Dos graves vicios de inconstitucionalidad de la ley aprobatoria de esta exacción: No hay legitimidad de origen, la Asamblea Nacional Constituyente no es competente para legislar y luego no fue objeto de consulta Se violaron principios de representación y, por tanto, de auto imposición”, dijo.
De igual forma, aseveró que esta ley viola el artículo 133 de la Constitución de República Bolivariana de Venezuela al no ser deducible del Impuesto Sobre la Renta (ISLR).
“Ley de la Asamblea Nacional Constituyente del impuesto al patrimonio viola el principio rector del sistema tributario venezolano: consulta a capacidad económica (artículo 133 CR) al establecer “que la exacción (exigencia funeraria no ajustada a los principios constitucionales) no es deducible del ISLR”, concluyó.
Ley de ANC (no debemos llamarla constitucional) viola el artículo 156.13 de la Constitución no armoniza con los tratados de doble imposición ni con las disposiones internas en materia de establecimiento permanente. Sigue el “chorrero normativo” en el tema.#impuestopatrimonio
— Leonardo Palacios (@NegroPalacios) July 3, 2019
Dos graves vicios de inconstitucionalidad de la Ley aprobatoria de esta exacción:
No hay legitimidad de origen, la ANC no es competente para legislar y luego no fue objeto de consulta
Se violaron principios de representación y, por tanto, de autoimposición.#impuestopatrimonio— Leonardo Palacios (@NegroPalacios) July 3, 2019
Ley ANC Impuesto al patrimonio viola principio rector sistema tributario venezolano: consulta a capacidad económica (artículo 133 CR) al establecer “
que la exacción (exigencia funeraria no ajustada a los principios constitucionales) no es deducible del ISLR.#impuestopatrimonio— Leonardo Palacios (@NegroPalacios) July 3, 2019
Redacción Maduradas con información de La Patilla.
De interés: ¡OTRO INVENTO! Banco de Venezuela anuncia lanzamiento de nuevo “punto de venta virtual”