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Lo que estaría detrás de las “gotas milagrosas” que Maduro anunció como supuesta “cura” contra el covid

Luego de que el líder del régimen, Nicolás Maduro recomendó el pasado 14 de octubre de 2020 que “las gotitas milagrosas van directo para que te las tomes con fe y así eliminar la COVID-19″, tres semanas después los que financiaron el Carvativir fueran detenidos por la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim).

AFP- Captura

Posteriormente el 24 de enero de 2021, cuando Maduro anunció formalmente la presentación de las llamadas gotas milagrosas, a la pareja Jheam Frank Campos Alvarado y Nerimar Yeila Sánchez Machuca ya le habían quitado la propiedad intelectual del producto y solo aparecía el ingeniero químico Raúl Antonio Ojeda Rondón.

Un familiar de la pareja Jheam Frank Campos Alvarado y Nerimar Yeila Sánchez Machuca, indico que fueron sentenciados a cuatro años de prisión, luego de creen en que harían un gran negocio cuando Raúl Antoio Ojeda Rondón les propuso la sociedad del Carvativir, planteándoles que necesita recursos para financiar ese proyecto científico,

“Ahora eso aparece, por obra y gracia, a nombre del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) y el Ministerio de Ciencia y Tecnología. El mismo Estado les quitó, a Jheam y a Nerimar, la propiedad intelectual”, dijo el familiar.

Según relatan los familiares, Nerimar Sánchez fue presionada en noviembre de 2017, para que renunciara a los derechos de la marca y a que vendiera sus acciones.

“Los mantuvieron incomunicados mientras les decían que podían conseguirles una medida cautelar, porque tienen control sobre el Ministerio Público y el Tribunal que lleva su causa. A Jheam lo presionaron para que renunciara a la condición de presidente de la empresa a favor de su socio”.

“Ellos tienen abogados, pero en el Tribunal de Terrorismo lo que te dicen claramente es que el juez no es autónomo para decidir, quien decide es arriba. Al terminar las conclusiones les desestiman boicot, cambiaron asociación por agavillamiento y les mantuvieron peculado doloso propio. Todo eso sin que la Fiscalía entregará experticia contable”.

“Cuando Jheam y Nerimar solo tenían en avance la adaptación de un medicamento natural con propiedades altamente curativas. Ellos aportan para la I, II y III fase todo lo que se necesitaba, el solo llamaba para pedir y se costeaba todo”.

Campos y Ojeda acuerdan la firma de un Contrato Laboral de Confidencialidad y Exclusividad entre Ojeda Rondón y la Sociedad Mercantil Miami Customs and Accesories, C.A., identificada con el Registro de Información Fiscal (RIF) N° J-29606828-3, representada en ese acto por Sánchez Machuca.

Para el 10 de septiembre de 2020, las partes acuerdan la compra de las acciones de la empresa Miami Customs and Accesories, C.A., y le cambian el nombre a Laboratorio Farmacológico de Venezuela (Labfarven), quedando como propietarios Ojeda Rondón (50% de las acciones) y Jheam Frank Campos Alvarado (las 50% restantes), según consta en el Registro Mercantil.

Cuatro días después, el 14 de septiembre de 2020, firman un Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio del Poder Popular para la Ciencia y Tecnología y Laboratorio Farmacológico de Venezuela, C.A. cuyo objeto era profundizar específicamente la Fase III del ensayo clínico del antiviral Carvativir.

La pareja tiene dos hijos en edades comprendidas entre cuatro y seis años, presuntamente el capitán Santiago de la DGCIM, amenazó a Nerimar de la para que renuncie a sus derechos sobre la marca del Carvativir, o sufriría las consecuencias y luego le dijo a su esposa que la convenciera pero este se negó.

“Nunca habíamos querido decir nada, porque ellos se han sentido coaccionados, además que han visto tratos crueles e inhumanos, cómo torturaban a otras personas que estaban detenidas en esa misma celda, las sacaban, las torturaban y las regresaban ensangrentadas, adoloridas, sin comida ni agua. Nerimar contó que el día de la presentación la obligaron a firmar los derechos del imputado con fecha 13 de noviembre, cuando realmente ellos fueron detenidos el 08 de noviembre”.

“El 29 de octubre de 2020, mudaron a Labfarven para la urbanización San Bernandino de Caracas, para culminar con los estudios de la Fase III. Ahí es cuando Raúl Antonio Ojeda Rondón, se relaciona con funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim) para quitarles la empresa a Jheam Frank Campos Alvarado y Nerimar Yeila Sánchez Machuca”.

Familiares de los detenidos aseguran que fueron condenados por un delito que no pudo ser demostrado y que no tiene responsabilidad penal.

“Ya evacuados cada uno de los órganos de prueba el juez de juicio envía una minuta a la Sala Penal del TSJ indicando: visto que el Ministerio Público no pudo demostrar la culpabilidad de los ciudadanos Jheam Frank Campos y Nerimar Sánchez Machuca, por la comisión de los delitos de peculado doloso, boicot y asociación, y no se pudo verificar efectivamente la presunta comisión de los delitos antes mencionados, se puede establecer que no existe responsabilidad penal para condenar a los acusados”.

“Sabe usted que Bárbara Rojas, secretaria de la Sala Penal, mediante llamada telefónica, conversó con el Juez y le indicó que la doctora Elsa dijo que debían condenarlos por un delito a sabiendas que no existe responsabilidad penal de los acusados”.

Redacción Maduradas con información de Infobae

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