El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Francisco López Domínguez, aclaró este jueves 24 de octubre que el Tribunal Supremo de Justicia no autorizó expresamente el pago de cánones de alquiler de locales comerciales y oficinas en divisas extranjeras.
Mediante un comunicado, se indicó que lo recomendable es mantener prudencia y hasta tanto no exista pronunciamiento expreso, mantener la interpretación legal vigente al respecto en materia de arrendamiento inmobiliario.
«Esto es: a) Vivienda: prohibido expresamente; b) Oficinas, galpones, industrias: Es permitido el pacto en moneda extranjera dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley del Banco Central, y en el entendido que solo para ser considerado como moneda de cuenta, liberándose el deudor con el pago en Bs. a la tasa de cambio; y c) Locales Comerciales: Existe prohibición expresa, amén de la limitación de revisar el monto del canon anualmente, no antes, siendo estas leyes especiales, y que se rigen por principios de Orden Público en beneficio de quien el legislador considera débil jurídico», reza parte de comunicado.
Redacción Maduradas con información de Banca y Negocios
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