En Gaceta Oficial Nº 42.827, fechado el 27 de febrero de 2024, se anunció la revocación de la Providencia Administrativa CJ/012/2023 emitida por el Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL). Dicha providencia establecía las pautas para la prestación de servicios de entrega a domicilio a través de plataformas digitales, redes sociales, servicios postales o comerciales.
Conforme a lo establecido en la normativa, esta Providencia Administrativa comenzó a regir a partir del 6 de febrero de 2024.
Recientemente, el régimen de Nicolás Maduro había oficializado una nueva medida que regulaba el servicio de entregas a domicilio, imponiendo un cargo del 1% sobre todas las encomiendas realizadas mediante aplicaciones digitales, una modalidad de comercio que ha experimentado un crecimiento significativo en los últimos cinco años en el país.
La normativa, publicada en la Gaceta Oficial con fecha del 5 de febrero, establecía un registro obligatorio gestionado por el Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (Ipostel), donde las empresas debían abonar una tarifa de 300 dólares para obtener una licencia que les permitiera realizar entregas a domicilio.
Posteriormente, el ministro de Comunicación, Freddy Ñáñez, comunicó oficialmente que la administración madurista había decidido anular la controvertida regulación sobre los servicios de entregas a domicilio y trasladar la adscripción del Instituto Postal Telegráfico (IPOSTEL) desde el Ministerio de Ciencia y Tecnología al despacho de Transporte.
Estas decisiones fueron tomadas tras una reunión «cordial y fructífera» entre las autoridades gubernamentales y representantes de las empresas prestadoras de servicios de entregas a domicilio. En dicho encuentro, se acordó avanzar en un «plan conjunto de trabajo». La reubicación del IPOSTEL en el ámbito del Ministerio de Transporte fue recibida con satisfacción por las empresas involucradas.
Redacción Maduradas con información de Banca y Negocios
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