Ocho han sido los partidos políticos que, en los últimos 10 años, han sufrido los embates del Tribunal Supremo de Justicia que utiliza su poder para destituir directivas, anular elecciones y nombrar nuevas autoridades, siempre a su conveniencia.
El Nacional realizó un recuento de todas toldas que han sufrido en carne propia los os desmanes del régimen chavista:
1. PPT
El 24 de noviembre de 2011, el TSJ del régimen ordenó a Simón Calzadilla, Rafael Uzcátegui y Luis Alejandro Tellería que asumieran temporalmente la dirección de PPT. Más adelante, el 6 de junio de 2012, reconoció a Uzcátegui como secretario nacional de la organización y ordenó la elección de nuevas autoridades.
Esta acción provocó una división: surgieron el Movimiento Progresista de Venezuela, organización liderada por Calzadilla, y Avanzada Progresista, movimiento cuya cabeza es Henri Falcón.
2. El MEP
El 15 de mayo de 2014, la Sala Electoral del TSJ con ponencia de Fernando Vegas Torrealba declaró procedente una solicitud de amparo cautelar interpuesta por Casto Gil Rivera, Gilberto Jiménez Prieto y Benita Romero de Finol. Ordenó la suspensión de las elecciones en el MEP, pautadas para dos días después, en tanto se decidiera el recurso contencioso electoral que admitió.
El 17 de julio de 2015 esa misma sala destituyó a la dirección nacional del MEP. La decisión incluyó el nombramiento de una nueva estructura bajo la dirección de Gilberto Jesús Jiménez Prieto. Removió a Wilmer Nolasco, que ejercía como secretario general del partido.
3. Podemos
El 11 de junio de 2015 la Sala Constitucional del TSJ acordó una estructura provisional del partido Podemos. En la presidencia designó a Didalco Bolivar. Lo acompañaron Héctor Breña, vicepresidente, José Alí Alvarado, Gerson Pérez y Yull Armas.
Antes, el 7 de junio de 2012, la misma sala nombró una junta ad hoc presidida por Bolívar.
4. Bandera Roja
El 28 de julio de 2015 la Sala Constitucional del TSJ del régimen dictó una medida cautelar mediante la cual mantuvo como presidente de Bandera Roja a Pedro Véliz Acuña.
Previamente, el 15 de mayo de 2013, la Sala Electoral declaró nulas elecciones realizadas en agosto de 2012.
5. MIN-Unidad
El 6 de agosto de 2015, la Sala Electoral del TSJ destituyó la junta directiva del MIN-Unidad, presidida por Manuel Alejandro Pérez Soto. Acordó el nombramiento de una dirección nacional ad hoc, la cual estuvo integrada por Luis María Álvarez, presidenta, y Ramón Eduardo Odreman, coordinador de la dirección nacional de política.
Alix Ramón Medina, presidente del MIN-Unidad Barinas, fue el que interpuso una acción de amparo constitucional. La Mesa de la Unidad Democrática expulsó a MIN-Unidad de sus filas.
6. Copei Partido Popular
Con ponencia de Carmen Zuleta de Merchán, el TSJ del régimen admitió el 30 de julio de 2015 un amparo constitucional interpuesto por Pedro Urrieta Figueredo, Ibis Alemán, Alexis Gutiérrez, Wilgen Fernández, Silvia Melina Vásquez, Orlando Medina y Miguel Salazar. Suspendió a la mesa directiva nacional y la dirección política nacional de Copei Partido Popular.
Acordó el nombramiento de una junta ad hoc, integrada provisionalmente por Pedro Urrieta, presidente; Silvia Melina Vásquez, primera vicepresidenta; Orlano Medina, segundo vicepresidente; Miguel Salazar, secretario general; e Ibis Alemán, subsecretaria general.
7. Acción Democrática
El TSJ del régimen suspendió a la actual directiva de AD. La sentencia 0071 de la Sala Constitucional del 15 de junio de 2020 nombra una mesa directiva ad hoc para llevar adelante el proceso de reestructuración, la cual estará presidida por Bernabé Gutiérrez y conformada por un presidente, un secretario general nacional y un secretario nacional de organización que cumplan las funciones directivas y de representación de la organización.
8. Primero Justicia
El TSJ del régimen dictó una medida cautelar este 16 de junio de 2020 en la que suspende la directiva del partido Primero Justicia y designa una junta ad hoc presidida por José Brito, uno de los diputados expulsados de la tolda aurinegra por unirse a la fracción de Luis Parra.
La Sala Constitucional del TSJ catalogó la medida como una tutela constitucional, según la sentencia N° 0072-2020, con ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales.
Redacción Maduradas con información de El Nacional
Lea también:
¡SE LO CONTAMOS! La desalentadora advertencia de Luis Vicente León: “Hay Maduro para rato”