La circulación de vehículos de carga en el territorio nacional fue restringido, salvo algunas excepciones, durante el asueto de la Semana Santa.
Así lo informó el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) en su página oficial, en la que indicaron que la medida es desde este jueves 28 de marzo y hasta el 1 de abril.
Asimismo, destacaron que la finalidad es fortalecer las acciones de seguridad vial implementadas en el Dispositivo Semana Santa Segura 2024.
En concreto, la restricción aplica para todos los operadores que trasladen cargas iguales o superiores a 3.500 kilogramos, exceptuando a los vehículos que transportan ciertos productos básicos e insustituibles.
LOS VEHÍCULOS EXCEPTUADOS
- Alimentos perecederos y no perecederos y sus respectivas materias primas.
- Vehículos graneleros.
- De asistencia vial, de emergencia, policiales o militares.
- Transporte de material de telecomunicaciones.
- Los que transporten material para la defensa de la Nación, de conformidad con la Ley que rige la materia.
- Vehículos de agua potable y los químicos necesarios para su potabilización;
- Medicinas de corta duración, dióxido de carbono (hielo seco), oxígeno (gases o líquidos necesarios para el funcionamiento de centros médicos asistenciales); desechos sólidos de origen domiciliario (en vehículos habilitados para ese servicio).
- Gas de uso doméstico y combustibles destinados al aprovisionamiento de: estaciones de servicio de transporte terrestre, puertos y aeropuertos, productos asociados de la actividad petrolera, agrícola y pecuaria; fertilizantes químicos y periódicos.
Redacción Maduradas con información del INTT
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