El pasado jueves 17 de febrero, la rectora principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tania D’Amelio, aclaró que las copias y certificaciones de las actas de nacimiento asentadas en los libros del registro civil no tienen fecha de vencimiento, por lo que no requieren renovación para su autenticidad.
Estas aclaraciones fueron realizadas a través de un comunicado publicado en la cuenta de Twitter de D’Amelio, indicando que de acuerdo a lo dispuesto en Ley Orgánica de Registro Civil este tipo de documentos no requiere que sean renovados para estar vigente y tener validez.
«De conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil, las copias y certificaciones de las actas, debidamente asentadas en los libros del Registro Civil no tienen fecha de vencimiento, razón por la cual no se requerirá su renovación para efectos de su validez», detalló.
En el comunicado publicado por D’Amelio, indicó que solo deberán verificarse que las copias y certificaciones sean legibles y sin ningún tipo de enmiendas y/o tachaduras.
Además el CNE exhortó a los organismos y entes de la administración pública e instituciones educativas, públicas y privadas, a abstenerse de requerir a los ciudadanos las certificaciones con una fecha determinada de expedición.
De conformidad con lo establecido en el Art. 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil, LAS COPIAS Y CERTIFICACIONES DE LAS ACTAS DEBIDAMENTE ASENTADAS EN LOS LIBROS DE REGISTRO CIVIL, NO TIENEN FECHA DE VENCIMIENTO. pic.twitter.com/4R1r5zhm1n
— Tania D´Amelio (@taniadamelio) February 17, 2022
Redacción Maduradas