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¡SE LO EXPLICAMOS! Qué es el IGTF y cómo afecta la medida chavista al comprador (+Datos clave)

El pasado lunes 28 de marzo, entró en vigencia la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), que establece un impuesto de 3% a los pagos en divisas y criptomonedas diferentes al petro.

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Como consecuencia del amplio desconocimiento al respecto de la aplicación de este nuevo impuesto, muchos comercios siguen sin cobrarlo, a pesar de que se sabe que el mismo grava el pago en divisas realizado en comercios calificados como «sujetos pasivos especiales».

En concreto, se sabe que todo comercio deberá cobrar 3 % adicional a quienes realicen compras de cualquier bien o servicio utilizando monedas que no sean el bolívar, o mediante criptomonedas que no sean el petro. 

El economista Luis Oliveros ofreció observaciones, durante una entrevista ofrecida al portal de noticias La Patilla, para entender la entrada en vigencia del IGTF.  

“Empezar a pensar en impuestos cuando una economía está empezando a recuperarse, desde todo punto de vista, no es lo que se recomienda”, señaló de entrada a dicho medio de comunicación.  

Recalcó que la economía debía seguir funcionando bajo los beneficios de la dolarización y ya «luego en el camino se pensaba en recuperar la demanda de bolívares y aumentar la recaudación». «Lo que parece es que está tratando de aumentar la demanda de bolívares, lo cual no es sano en una economía como la venezolana en un inicio de recuperación económica», reiteró.  

Recordó que de acuerdo con el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (Seniat), las transacciones realizadas a través de plataformas como Zelle, PayPal, Reserve y otras similares, deberán pagar el IGTF. 

«Esta decisión del régimen va a tener repercusión en el mercado nacional, por muy pequeña que sea la operación», alertó el presidente de la Cámara de Comercio de Vargas, Eduardo Quintana, quien aseguró que esta nueva acción, impulsada desde el chavismo, terminará convirtiéndose en una medida perjudicial para la economía venezolana. 

LOS CASOS EN LOS QUE NO DEBES PAGAR


El abogado Juan Carlos Castillo, socio de la firma Tinoco Travieso y expresidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, precisó las excepciones para el pago de IGTF. 

1.- Cuando la compra se haga en bolívares. 

2.- Cuando la transacción se efectúe en un comercio que no esté identificado como sujeto pasivo especial. En este aspecto, los expertos señalan que la mayoría de los comercios debieron ser calificados de esta forma, debido a que el supuesto para ello es haber facturado 130.000 Unidades Tributarias durante más de un año; sin embargo, existen comercios que no cumplen con estas condiciones, como pequeños abastos. 

3.- Cuando los pagos se realicen desde una cuenta en divisas de la banca nacional, pero con tarjetas de débito con las que el negocio recibe bolívares como resultado de la operación. 

Redacción Maduradas con información de La Patilla

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