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¡SEPA! Denuncian que podrían usar el impuesto al patrimonio establecido por la ANC como arma de “persecución selectiva”

Con la aprobación del impuesto al patrimonio de ciudadanos y empresas, la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de origen ilegítimo puede estar creando una nueva arma de «persecución selectiva» en Venezuela, alertó la ONG Acceso a la Justicia.

ANC

El impuesto obliga a los contribuyentes calificados por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) como sujetos pasivos especiales, bien sea personas jurídicas que sean propietarios o posean activos patrimoniales por más de 100 mil unidades tributarias (UT) o personas naturales por más de 36 mil UT, a pagar desde el 0,25 hasta el 1,5% de su patrimonio, en los términos previstos en la “ley constitucional” creadora de dicho tributo.

Este nuevo tributo se causará anualmente sobre el valor del patrimonio neto al cierre de cada período, y su pago deberá efectuarse en el plazo y bajo las formas y modalidades que establezca el Seniat. Las personas naturales y jurídicas cuyos activos tengan un valor igual o superior a 150 millones de UT también están obligados a declararlos.

Quedan exceptuados de este impuesto los inmuebles declarados como vivienda principal (hasta por un valor de 64 millones de UT, equivalentes en la actualidad a 3.200 millones de bolívares o poco más de 396 mil dólares a la tasa oficial), así como los bienes destinados a actividades agrícolas, pecuarias, acuícolas, piscícolas y pesqueras.

Cabe destacar que los bienes sujetos al impuesto no son solo aquellos que estén ubicados en el país, sino también aquellos que tengan en el exterior las personas naturales y empresas calificadas como sujetos pasivos especiales que sean residentes en Venezuela.

Dados los montos involucrados, este tributo afecta fundamentalmente al sector productivo y, en tal sentido, las pocas empresas en el país que aún tengan activos con los valores antes mencionados trasladarán el costo del impuesto a los precios de sus productos, por lo que una vez más son los ciudadanos comunes y corrientes quienes terminarán pagando este impuesto vendido como “sólo para los ricos”, cuando en realidad afecta a todos los ciudadanos al desincentivar la inversión, creando nuevos riesgos y costos (entre estos, la ley no permite la deducción de este impuesto respecto del impuesto sobre la renta).

«Para incrementar la persecución selectiva a los ciudadanos, en las normas aprobadas por la ilegítima constituyente, se indica que los jueces, registradores, notarios, instituciones financieras, empresas de seguros y reaseguros, casas de bolsa y de cambio, depositarias, museos, galerías, joyerías y demás entidades públicas o privadas, deberán remitir a la administración tributaria la información que se requiera a los efectos de recaudar el impuesto correspondiente«, denunció Acceso a la Justicia.

En ese sentido, esta ley le otorga al Seniat (artículo 16) la potestad de establecer las reglas de determinación del valor de bien, «lo cual es lo mismo que decir que queda a su discreción, lo que da pie a la arbitrariedad, algo que en la administración pública, como es por todos conocidos, ya es parte de nuestra lamentable cotidianidad, además de constituir una flagrante violación al principio de reserva legal tributaria».

Redacción Maduradas con información de nota de prensa.

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