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¡SEPA! Inmigrantes no podrán ser deportados de EEUU solo por estar indocumentado a partir de este #29Nov

A partir de este lunes 29 de noviembre, ningún inmigrante indocumentado en Estados Unidos podrá ser deportado. La medida sería parte del reglamento publicado, a finales de septiembre por el gobierno de Joe Biden.

EFE

La norma, publicada el 29 de septiembre del año en curso, otorgó un plazo de 60 días para el comentario público. Sin embargo, el plazo venció este 29 de noviembre, por lo que, de forma oficial, ningún extranjero podría ser sacado a la fuerza de estados Unidos por ser indocumentado.

Según reportó Univisión, a partir de la fecha de aprobación de la medida, los indocumentados detenidos en la frontera después del 1 de noviembre, quienes están indocumentados en el país y no demuestren estar en territorio estadounidense antes del 1 de noviembre del año pasado, así como quienes tienen una orden de deportación vigente, están dentro de las «prioridades de deportación».

Esto quiere decir que, si los detienen o caen en manos de los agentes del servicio de inmigración o de policías que colaboran con la Oficina de Aduanas y Control Fronterizo (ICE), es muy probable que el gobierno inicie un proceso de expulsión del país.

Pero, pese a las prioridades, Alex Gálvez, abogado de inmigración que ejerce en Los Ángeles (California), alertó que aquellos inmigrantes que han «cometido errores» y temen ser detenidos y puestos en deportación, deben tener un «Plan B» para mantenerse dentro de Estados Unidos.

Estas son las prioridades de deportación:

– Prioridad 1. Seguridad nacional. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si:

1.  Él o ella ha participado o es sospechoso de participar en actos de terrorismo o relacionados con actividades terroristas;

2. Él o ella se ha involucrado o es sospechoso de participar en actividades de espionaje o relacionadas con actividades de espionaje; o

3. Su aprehensión, arresto o custodia es necesaria para proteger la seguridad nacional de Estados Unidos.

– Prioridad 2. Seguridad fronteriza. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si:

1.  Fue detenido en la frontera o en un puerto de entrada mientras intentaba entrar ilegalmente a Estados Unidos a partir del 1 de noviembre de 2020; o

2. Él o ella no estuvo físicamente presente en Estados Unidos antes del 1 de noviembre de 2020.

– Prioridad 3. Seguridad pública. Un agente de seguridad nacional puede presumir que un no ciudadano es prioridad de deportación si:

1.  Representa una amenaza para la seguridad pública y;

2. Él o ella ha sido condenado por un delito grave según se define en la sección 101 (a) (43) de el INA; o

3. Ha sido condenado por un delito por el que estuvo activa participación en una pandilla criminal callejera, como se define en 18 U.S.C. § 521 (a) no menor de 16 años y participó intencionalmente en un crimen organizado pandilla u organización criminal transnacional para promover la actividad ilegal de la pandilla u organización criminal transnacional.

Redacción Maduradas con información de Univisión

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