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¡SÉPALO! Una disputa entre PJ y VP: Rector del CNE designado por el TSJ revela la supuesta razón por la que la AN no renovó el ente electoral

El vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE) designado de forma inconstitucional por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen de Nicolás Maduro, Rafael Simón Jiménez, reveló la supuesta razón por la que la legitima Asamblea Nacional (AN) no renovó al máximo órgano comicial en Venezuela.

AFP

Es evidente que la Asamblea Nacional no tenía los votos para hacerlo y aquí puntualizo: ¿por qué esa Asamblea, con mayoría contundente durante cuatro años y seis meses, omitió su deber de designar ese CNE? Incluso, hay un antecedente que yo no recordaba, y es que en diciembre de 2016 el comité de postulaciones, presidido por Juan Guaidó, no presentó oportunamente su informe y condujo a la omisión”, indicó.

En una entrevista concedida al medio digital El Pitazo, el rector principal del írrito CNE fue cuestionado por sus declaraciones sobre el Parlamento porque en ese momento ya la oposición no tenía a los diputados del estado Amazonas, que habían terminado suspendidos por la actual presidenta del ente comicial, Indira Maira Alfonzo Izaguirre.

“Pero no entiendo cómo no teniendo las dos terceras partes nombraron un comité de postulaciones; hicieron todo el procedimiento formal en aquel momento y al final hubo una sesión dudosa y unos diputados que no asistieron”, fue parte de su respuesta.

Jiménez añadió que uno de los parlamentarios que supuestamente no asistió a esa sesión es alguien con el que él tiene “tengo vínculos desde hace mucho tiempo”. “Me aclaró que el comité de postulaciones tenía que presentar el informe el 4 de diciembre de aquel año (2016) y no lo presentó debido a una disputa entre Voluntad Popular y Primero Justicia por el segundo rector”, añadió.

El TSJ del régimen de Maduro resaltó que el nombramiento lo hicieron después de que en días antes declararan la “omisión inconstitucional de la Asamblea Nacional en desacato en la designación de los integrantes del máximo ente comicial”.

No obstante, el artículo 296 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) establece que los miembros del CNE serán designados por el Parlamento “el voto de las dos terceras partes de sus integrantes”. En ese sentido, los rectores del Consejo Nacional Electoral “escogerán de su seno a su presidente o presidenta, de conformidad con la ley”.

También contempla que los integrantes del máximo órgano comicial en Venezuela “serán removidos por la Asamblea Nacional, previo pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia”.

Redacción Maduradas con información de El Pitazo.

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