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BBC: ¿Qué pasa con la mayoría de la oposición en la AN tras desincorporación de 3 diputados?

La traba que tenía en vilo las competencias de la Asamblea Nacional (AN) de Venezuela, ahora controlada por la oposición, parece haberse superado este miércoles. 

La oposición desincorporó a tres diputados del estado Amazonas acatando la orden del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de suspender cautelarmente su proclamación después de la impugnación presentada por representantes del oficialismo.

Foto: AFP/Juan Barreto

Foto: AFP/Juan Barreto

La semana pasada, la opositora Mesa de la Unidad Democrática (MUD) había decidido desoír el fallo y el TSJ había respondido declarando en desacato al Parlamento y nulas todas sus actuaciones.

Estaba servido un choque de trenes institucional entre el TSJ (que la oposición considera cooptado por el oficialismo) y la AN, bajo control opositor por primera vez en 17 años de gobiernos chavistas.

Pero este miércoles, la MUD optó por acatar la suspensión cautelar de sus tres diputados.

Y quedan entonces en 109 y no 112 los parlamentarios opositores.

Pero, ¿Se mantienen los dos tercios?

El Consejo Nacional Electoral otorgó a la oposición 112 de las 167 curules en disputa, lo que en teoría le da un enorme poder para generar cambios tanto en el gobierno de Nicolás Maduro como en el Estado.

La duda ahora que tienen 109 diputados activos es si siguen teniendo la trascendental súper mayoría de dos tercios.

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela no hay una reglamentación concreta que prevea este escenario.

Cuando la Constitución habla de los dos tercios para la aprobación de iniciativas legislativas, a veces habla de «dos tercios de los presentes» y a veces, en la mayoría de casos, de «dos tercios de los integrantes».

Por ejemplo, en el caso de la remoción de magistrados del TSJ la Constitución dice que «podrán ser removidos o removidas por la Asamblea Nacional mediante una mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes«.

La designación de los magistrados del TSJ es un caso de especial interés, porque se trata de una de las iniciativas de la oposición en la actualidad.

La bancada opositora busca revisar la designación supuestamente inconstitucional de los 13 magistrados –algunos de conocida militancia con el partido de gobierno– que nombró el chavismo justo después de las elecciones de diciembre pero antes de que asumiese la nueva AN de mayoría opositora.

Muchos creen que la desincorporación de los diputados de Amazonas puede dificultar esta iniciativa de la oposición, que es clave porque el TSJ puede vetar todas las leyes que apruebe la AN.

Versiones encontradas

Al no estar este escenario contemplado en la Constitución ni en el Reglamento de Debates de la AN, lo que pase está sujeto a interpretaciones y a como se dé el juego de ajedrez que vienen protagonizando los bloques políticos venezolanos en los últimos días.

Apenas se aprobó la desincorporación, el diputado oficialista Pedro Carreño dijo a los medios que «el que quiera sacar sus cuentas que las saque, pero la Asamblea Nacional tiene 167 diputados».

Lo mismo le dijo el diputado oficialista Saúl Ortega a BBC Mundo: «Pierden los dos tercios. Quedan con la mayoría calificada de tres quintos. Sea lo que sea siguen siendo 167«.

Y el abogado y constitucionalista German Saltrón coincide: «Mientras el TSJ no llame a una nueva elección, estos diputados no cuentan en la Asamblea, pero sus cargos no dejan de existir«, le dijo a BBC Mundo.

Pero el también abogado y constitucionalista José Ignacio Hernández –cuyos artículos en el portal Prodavinci explicando los vericuetos legales de las últimas semanas se han vuelto virales– disiente.

«Si la idea es cumplir la sentencia del TSJ –que, por cierto, es inconstitucional– los cargos también deberían ser suspendidos y la AN debería pasar a ser integrada por 163 diputados«, le dice a BBC Mundo.

Con eso, la oposición mantendría la mayoría.

¿Qué puede hacer con tres quintos (más de 101 diputados)?

Como adelanta el oficialista Ortega, es posible que la mayoría de la oposición pase de ser dos tercios (más de 111 diputados) a tres quintos (más de 101 diputados).

Solo con 99 diputados la oposición puede promover enmiendas para ser votadas en referendo, votos de censura al vicepresidente o ministros, autorizar enjuiciamiento o incapacidad del presidente y diputados, aceptar o negar el presupuesto, impulsar cambios de poderes ciudadanos y aprobar un estado de excepción o una reforma constitucional.

Con más de 101 diputados la bancada opositora puede –además de lo anterior– sancionar leyes habilitantes, promover la remoción de miembros del CNE y el TSJ y vetar a ministros y vicepresidente.

Con los dos tercios la oposición puede revisar tratados internacionales como Petrocaribe, por el que Venezuela provee petróleo en condiciones preferenciales a países del Caribe y que ha sido duramente criticado por la oposición.

También podrían intervenir leyes orgánicas como el control de precios y cambios, promover una reforma constitucional o una asamblea constituyente y remover a las cúpulas del TSJ y los poderes públicos.

Salvo la remoción de los magistrados del TSJ, las iniciativas que ha planteado la oposición como prioritarias –como una ley de amnistía para los «presos políticos» o una ley de propiedad de la vivienda social– aún pueden realizarse con los 109 diputados.

Pero eso es en teoría. Porque, como lo demostró el caso de los diputados de Amazonas, en la política venezolana la teoría suele estar lejos de la realidad.

Por Daniel Pardo / BBC Mundo.

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