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¡BUSCANDO SUMISIÓN! Sentencia del TSJ: Derecho de protestar tiene restricciones

La más reciente sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) establece que el derecho a la protesta tiene restricciones, un fallo muy conveniente para la impopularidad del presidente Nicolás Maduro.

En su sentencia 944 del 15 de noviembre, el TSJ también declaró inadmisible una solicitud de interpretación de los artículos 55 y 68 de la Constitución (derecho de manifestar y prohibición del uso de armas tóxicas y de fuego en el control de las protestas), reseñó El Nacional.

Créditos: REUTERS / Henry Romero

Créditos: REUTERS / Henry Romero

La petición fue formulada por Otoniel Pautt Andrade el 18 de febrero de 2015, a propósito de la resolución 008610 del 27 de enero de 2015 del Ministerio de la Defensa que autoriza el uso de la fuerza letal en el control de las manifestaciones.

“El derecho a la manifestación admite válidamente restricciones” y “la manifestación no es un derecho absoluto”, fueron parte de los argumentos del TSJ en su fallo.

El TSJ señala que las consideraciones de la decisión están “en armonía” con la sentencia 948, que prohíbe a los diputados de la Asamblea Nacional “convocar y realizar actos que alteren el orden público».

Con información de El Nacional.

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