El monto de la matrícula y la mensualidad en las escuelas privadas será acordado por la asamblea de padres y representantes de cada plantel, previo estudio de la estructura de costos y gastos presentada por la directiva de la escuela, según establece la Gaceta Oficial N° 40.452, del viernes 11 de julio, que circuló ayer. De acuerdo con el texto, la directiva de cada plantel debe publicar en un sitio visible la estructura de costos o estudio económico tanto del período 2013-2014 como del 2014-2015.
La asamblea debe elegir un comité conformado por cinco padres, madres o representantes, quienes estudiarán en un lapso de 10 días la estructura de costos del colegio.
Posteriormente, la asamblea escolar convocará una reunión extraordinaria para fijar el monto de la matrícula y mensualidades, ajustado a la estructura de costos, gastos e inversiones de la escuela.
La resolución es clara al advertir que el monto decidido no podrá ser modificado por la directiva ni por los propietarios de los colegios.
Igualmente, el mandato precisa que “la matrícula no podrá exceder en ningún caso el monto de una mensualidad”.
Destaca que las instituciones privadas que imparten clases a adultos y a jóvenes aplicarán, en cuanto sea compatible, ese procedimiento para fijar el monto de su matrícula.
Contribuciones. En cuanto a otras colaboraciones que algunos colegios implementaron bajo la figura de donaciones o aportes complementarios, la resolución las suprime totalmente.
Se prohíbe el “establecimiento de cuotas, aportes, bonos, contribuciones, o cualquier otra denominación, en dinero o especie, así el empleo de figuras o modos, tales como fundaciones, asociaciones civiles, sociedades mercantiles, o cualquier otro mecanismo que pueda significar un aumento del pago por concepto de prestación del servicio educativo”, reseñó el portal de Últimas Noticias.