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¡ENCHUFE ILEGAL! Súmate denuncia que Tibisay Lucena también detenta la presidencia del CNE de forma «ilegítima»

La Asociación Civil Súmate denunció a través de una nota de prensa que en 2018 venció el periodo de Tibisay Lucena como presidente del Consejo Nacional Electoral y que desde entonces la rectora oficialista viene ejerciendo este cargo de forma ilegítima.

Foto: EP

«Hasta la fecha, el órgano electoral no ha informado públicamente o a través de la Gaceta Electoral la designación del nuevo presidente y vicepresidente del CNE. De acuerdo con el artículo 37 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE) el presidente y vicepresidente del CNE son designados en su seno y estarán en el ejercicio de sus funciones durante tres años y seis meses», refiere la organización Civil.

Súmate recuerda que, en el año 2014, el Tribunal Supremo de Justicia designó a Tibisay Lucena, a Sandra Oblitas y a Luis Emilio Rondón como rectores, así como a seis rectores suplentes, luego de que la Asamblea Nacional, de mayoría oficialista para ese año, se declarara en omisión legislativa para designar a los rectores con períodos vencidos «como parte de una estrategia para favorecer a los diputados de la bancada del Partido Socialista Unido de Venezuela en su afán de controlar el CNE».

Posteriormente, en el año 2016, se repitió la estrategia PSUV-TSJ, mediante la cual este último declara en desacato a la Asamblea Nacional, impidiendo el debido proceso para la designación de dos nuevos rectores y sus respectivos suplentes.

«Súmate considera que el directorio del CNE debe dar cumplimiento a lo establecido en las leyes electorales, recordándole que nuestra Constitución Nacional vigente (1999) establece el precepto de que el ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad civil por abuso o desviación de poder o por violación de la Constitución o de la ley (Art. 139)», alertan.

Recordaron de igual forma que desde el año 2013 el CNE viola el artículo 16 de la LOPE al no consignar ante la Asamblea Nacional la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente.

Según la normativa, el Poder Electoral está en la obligación de cumplir con esta formalidad dentro de los sesenta (60) días posteriores al vencimiento del ejercicio anual, es decir, el lapso de entrega del informe del 2018 se venció en el mes de marzo de 2019.

Redacción Maduradas con información de Súmate

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