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¡ENTÉRESE! Bloque Constitucional exige que “conversaciones” en Noruega resulten con la salida de Maduro (+Comunicado)

Este lunes 27 de mayo, el Bloque Constitucional de la Asamblea Nacional exhortó a los diputados a que se respete el Estatuto para la Transición a la Democracia, como se había acordado. 

AFP/Federico Parra

Por lo tanto, y tomando en cuenta los encuentros en Noruega, consideran que cualquier proceso de negociación que se adelante en Venezuela debe llevar únicamente a la salida de Nicolás Maduro del poder. 

A continuación, el comunicado del bloque: 

El Bloque Constitucional de la Asamblea Nacional y a la opinión pública nacional e internacional sobre la obligación de cumplimiento de la hoja de ruta de la transición a la democracia

Considerando:

1.- Que, Venezuela se encuentra en la fase terminal (o de colapso) de una crisis sistémica, bajo la cual subyace un profundo conflicto multidimensional entre un régimen usurpador auspiciado desde Cuba, apoyado, además, por notorias expresiones del vandalismo internacional, y la voluntad democrática de la mayoría de los venezolanos.

2.- Que, el porfiado empeño del régimen castromadurista, en imponer un modelo ideológico incompatible con la Constitución y nuestra tradición democrática, ha venido degradando, corrompiendo y desmantelando la institucionalidad democrática, para sustituirla por una estructura de raigambre totalitaria, dando origen a un Estado dual y fallido, signado por la coexistencia de dos modelos políticos y constitucionales excluyentes: uno democrático, otro de vocación totalitaria.

3.- Que, debido a la vocación hegemónica, fraudulenta, y antidemocrática del castromadurismo, ha resultado imposible procesar el actual conflicto político por la vía democrática: institucional o electoral.

4.- Que la Asamblea Nacional, al aprobar el Estatuto que rige la Transición a la Democracia, el 5 de febrero de 2019 no sólo interpretó la determinación de la mayoría de los venezolanos a ejercer su derecho a vivir en democracia, sino, además, mediante un acto de gobierno en ejecución directa de Constitución (art. 333), trazó una hoja de ruta político-jurídica para la restauración democrática, cese de la usurpación, gobierno de transición y elecciones libres.

5.- Que, la transición es un proceso complejo, pues, supone la transformación de un Estado dual y fallido en un Estado constitucional y democrático; la mutación de una Constitución fachada hacia una Constitución efectivamente vigente; la transformación de un Estado paria en un Estado reinsertado y respetado en la comunidad democrática internacional; la sustitución de un gobierno corrupto, sin control, y violador de DDHH, por un gobierno provisional responsable, probo y respetuoso de los DDHH; la sustitución de un régimen económico centralizador, colectivizante, corrompido e ineficiente, por uno de libre mercado; la sustitución de políticas criminógenas de entente con el crimen organizado, el narcotráfico, el terrorismo, y el hampa común, por una política de pacificación y justicia; la erradicación de una sistema de justicia envilecido por un verdadero sistema de justicia, probo y transparente.

6.- Que, elecciones libres sólo podrán celebrarse cuando se haya sustituido la actual estructura electoral (administrativa y jurisdiccional), por una institucionalidad constitucionalmente legítima y democrática, tanto por su designación y funcionamiento, capaz de garantizar la intangibilidad del principio de integridad electoral en todas las fases del proceso electoral.

El Bloque Constitucional considera su deber, ante el anunciado proceso de negociación:

1.- Recordar a la Asamblea Nacional que la situación de excepcionalidad propiciada por el actuar fáctico de quienes usurpan el poder, sólo podrá ser corregida con medidas políticas y jurídicas igualmente excepcionales.

2.- Precisar, que, conforme a los parámetros del propio Estatuto para la Transición a la Democracia (artículo 2) cualquier reunión con los usurpadores sólo podrá limitarse a acordar los términos del cese de la usurpación, y, en ningún caso, adelanto de elecciones parlamentarias, o elecciones presidenciales sin haber cesado la usurpación, organizadas por la actual estructura electoral.

3.- Advertir, que un proceso de negociación,de llegar a establecerse, ha de tener por finalidad el restablecimiento de la vigencia de la Constitución, y para garantía de su autenticidad, ha de ser transparente, con participación de sectores representativos de la sociedad civil, con una agenda públicamente conocida, con negociadores creíbles, con asistencia de organizaciones internacionales, además, un cronograma conocido y un plazo determinado.

4.- Sugerir a la Asamblea Nacional que la hoja de ruta a que se contrae el Estatuto que rige la Transición a la Democracia si bien no debe entenderse como un marco rígido, es la piedra angular que inspiró la redacción y la consecuente ejecución del Estatuto como cuerpo normativo que regula la transición a la Democracia en Venezuela.

Redacción Maduradas con información de La Patilla

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