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¡ENTÉRESE! Experto electoral aseguró que minoría opositora pidió al TSJ exprés aumentar la cantidad de diputados a la AN (+Detalles)

El periodista Eugenio Martínez, especialista en la fuente electoral, aseguró que la mesa de diálogo nacional pidió al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen de Nicolás Maduro incrementar la cantidad de diputados a la Asamblea Nacional (AN).

Reuters – Archivo

Martínez indicó que el TSJ de Maduro ordenó esa solicitud al Consejo Nacional Electoral (CNE), designado de forma arbitraria e inconstitucional el pasado viernes 12 de junio.

En la petición que hizo la mesa de diálogo nacional, conformada por representantes del régimen de Maduro y partidos minoritarios de la oposición, existen tres propuestas de aumentar el número de parlamentarios a 196; 240 o 300.

Desde la aprobación de la CRBV en 1999 no existe consenso sobre cómo interpretar su artículo 186. Sin embargo, siempre se ha mantenido la misma aplicación (por parte del CNE) para conservar de forma constante el tamaño de la Asamblea Nacional”, indicó.

En un hilo publicado en su cuenta de Twitter, el periodista explicó que el artículo 186 de la Constitución indica que el Poder Legislativo estará conformado por legisladores electos de acuerdo a “una base poblacional de 1,1% del total de habitantes del país (…) Además, cada entidad federal elegirá tres diputados”.

“Esto significa que, si se toma como referencia que Venezuela tiene 30.620.404 habitantes el cálculo de la base poblacional de 1,1% equivale a 336.824. Al dividir el estimado poblacional entre el cálculo de la base poblacional se obtiene como resultado 90,9”, enfatizó.

Martínez señaló que ese porcentaje es la cifra que personifica el número de parlamentarios que representan de forma proporcional a la ciudadanía, de acuerdo a la interpretación habitual de este artículo.

En este punto no existe consenso sobre si el número a usar debe ser ’90’ o el resultado debe redondearse a ’91’. Si no se redondea, a la cifra de 90 se le suma 72, que es la cantidad de parlamentarios que deben escogerse entre los 23 estados y el Distrito Capital (3 por cada uno)”, dijo.

Añadió que la regla de 3 legisladores por estados es para impedir que las regiones con poca población “pierdan” representación en el Parlamento.

“Al sumar los dos resultados se obtiene el número exacto de integrantes de la Asamblea Nacional: 162; resultado al que se debe agregar por mandato del artículo 186 de la Carta Magna los tres representantes de las comunidades indígenas para obtener el quórum de parlamentarios: 165”, resaltó.

Redacción Maduradas

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