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¡GOLPE AL BOLSILLO! La nueva reforma de ley que quiere imponer Maduro a las transacciones en divisas (+Documento)

La ilegítima Asamblea Nacional (AN) electa en 2020 aprobó el pasado jueves 20 de enero en primera discusión el proyecto de Ley de Reforma del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras. 

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De acuerdo a la información del portal de noticias Caraota Digital, el «diputado» Ramón Lobo explicó que las operaciones que se dan dentro del sistema financiero «que son calificadas como contribuyente especial; deben ser incorporados en el concepto de grandes transacciones financieras, así como los pagos que se hacen fuera del mismo».

Detalló, que en la reforma de la ley, «es necesario incorporar las transacciones en dólares y en criptoactivos para incrementar la recaudación de impuestos; que permitirá al Ejecutivo atender los requerimientos del pueblo». 

«Esta nueva reforma busca que las transacciones en divisas paguen un impuesto sobre los débitos; y transacciones al menos igual o superior al que hoy pagan los débitos en bolívares», agregó.  

De acuerdo al Parlamento fraudulento, el documento que consta de ocho artículos permite el incentivo de la utilización de la moneda nacional de forma comercial, dando una remota posibilidad de aumentar su flujo en el mercado y de recuperar su valoración. 

Sin embargo, el mercado venezolano comercializa en al menos un 80% con sus precios valorados en dólares, moneda que además tiene un flujo en efectivo ilegal y no controlado en el territorio nacional. 

Como consecuencias, esta ley aplicaría hasta un 20% en impuestos para las transacciones, pero no como su nombre indica, pues todo comercio que reciba pagos en divisas o criptomonedas tendrán el incremento, desarrollado de la siguiente manera: 

1.- Si el pago está mediado por una institución financiera el impuesto oscila entre el 2% y el 8%, mientras que si no hay intermediario podría ir desde 2% a 20% del valor de la transacción.  

2.- Pero para el momento, en ambos casos y hasta que no establezcan los porcentajes de la alícuota, está será del 2.5%, aplicado a personas jurídicas y naturales. 

Redacción Maduradas con información de Caraota Digital

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