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¡GRAVE! Provea: Decreto del Arco Minero suspende garantías constitucionales en 12,2% del territorio

El Gobierno sigue en su afán de destruir el país. Según alertó Provea el decreto del Arco Minero oculta la suspensión de las garantías constitucionales en 12,2 % del territorio nacional.

El pasado 24 de febrero apareció publicado, en la Gaceta Oficial 40.855, el decreto número 2.248 mediante el cual se crea la llamada “Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco (AMO)”. Mediante esta normativa el Ejecutivo nacional entrega en concesión para la explotación minera una extensión de 111.843 km2, lo que comprende el 12,2 % del territorio nacional.

Foto: derechos.org.ve

Foto: derechos.org.ve

En opinión de Provea el AMO no sólo incumple requisitos establecidos en la Carta Magna para promover proyectos extractivos de tal envergadura, sino que además contraviene los estándares y pactos internacionales de derechos humanos suscritos por la República, violando así diferentes garantías constitucionales.

Según el decreto, el AMO busca la extracción y comercialización, por parte del capital nacional, trasnacional o mixto, de los minerales de Bauxita, Coltan, Diamantes, Oro, Hierro, Cobre, Caolín y Dolomita en toda la margen sur del rio Orinoco. El AMO tiene su fundamento en el denominado Plan de la Patria que, en su primer objetivo, establece la ampliación de la frontera extractiva minera del país y la profundización del modelo extractivo de desarrollo.

La decisión de crear el AMO se formaliza incumpliendo las obligaciones constitucionales de realizar estudios de impacto ambiental y sociocultural en las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas (artículo 129) así como consultar de manera previa, libre e informada a los pueblos originarios cuando se aprovechen recursos naturales en hábitats indígenas (artículo 120, Convenio 169 de la OIT).

Además de ignorar los requisitos establecidos por la Carta Magna para la realización de un proyecto de esa envergadura, el decreto del AMO lesiona diferentes garantías en materia de derechos humanos. El artículo 25 elimina tanto los principios de universalidad y progresividad como los contenidos inherentes al derecho de libre asociación y reunión al establecer que los intereses de Estado, en maximizar la producción minera en la zona, se encontrarían por encima de los derechos de los particulares, según nota de prensa.

Provea también resalta que dentro del conjunto de medidas económicas anunciadas para enfrentar la crisis, el presidente Maduro anunció una reforma fiscal para elevar los niveles de recaudación. Sin embargo, mientras a las y los trabajadores se les pecha el salario y se les obliga a asumir una mayor carga impositiva, el decreto del AMO, en su artículo 21, establece la otorgación de “exoneraciones totales o parciales del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado, aplicables, exclusivamente a las actividades conexas a la actividad minera”, una medida discriminatoria y que contribuye a la pérdida de poder adquisitivo del salario de la clase trabajadora.

Por otra parte ante los graves hechos ocurridos en la población de Tumeremo, estado Bolívar, el presidente Maduro anunció la “creación de una Zona Militar Especial para proteger a los municipios mineros de ataques violentos”. Según el artículo 30, numeral 2, de la Declaración de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, los Estados deben celebrar consultas eficaces con los pueblos indígenas antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares.

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