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¿JAQUE MATE? MUD puede reformar ley del TSJ con 109 diputados y tomar control del poder judicial

Con la desincorporación de los diputados de Amazonas no cabe duda que el oficialismo buscará arrebatar la mayoría calificada a la oposición, pues a pesar de seguir contando con las dos terceras partes de los diputados sobre la base de 163 curules ocupadas, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es la carta bajo la manga del Gobierno para interpretar la Constitución a su antojo, así reseña el portal El Cooperante a través de un reportaje de investigación.

Sin embargo, la Mesa de Unidad Democrática (MUD) puede reformar la Ley Orgánica del TSJ y tomar el control del Poder Judicial con los 109 diputados activos sin cabida a interpretaciones.

Nicolas Maduro con el TSJ Disodado Cabello Magisrados

Crédito: AVN

Si bien el máximo tribunal puede establecer que el Parlamento está integrado por 167 diputados, de acuerdo con la cantidad de escaños sometidos a votación el pasado 6 de diciembre, para evitar así que la MUD cuente con los votos necesarios para remover magistrados, designar a los representantes del Poder Ciudadano y convocar a una Asamblea Nacional Constituyente, en vista de que los artículos 265, 279 y 348 de la Carta Magna exigen el voto de las dos terceras partes de los integrantes, el artículo 203 deja claro que para la aprobación y reforma de leyes orgánicas basta con la aprobación de las dos terceras partes de los integrantes presentes antes de iniciarse la discusión.

De esta manera a la bancada opositora le bastará con los 109 diputados incorporados, o incluso menos si hay ausencias del lado oficialista, para reformar el artículo 8 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y aumentar el número de integrantes en cada una de las salas, quedando bajo su poder la designación de los nuevos magistrados, puesto que en una cuarta discusión haría efectivos los nombramientos con mayoría simple, según establece el artículo 38 de la Ley Orgánica del TSJ, y tal como hizo la Asamblea anterior con mayoría simple oficialista. Ya Jesús “Chúo” Torrealba, secretario ejecutivo de la MUD, adelantó que es necesaria “una revisión del Poder Judicial para tener uno que le sirva al venezolano”.

El carácter orgánico de las leyes que determina la Sala Constitucional del TSJ, según el artículo 203 de la Constitución, no se vería afectado con la reforma puntual del artículo 8 de la Ley Orgánica del TSJ, ya que el artículo 262 de la Carta Magna señala que “El Tribunal Supremo de Justicia funcionará en Sala Plena y en las Salas Constitucional, Político administrativa, Electoral, de Casación Civil, de Casación Penal y de Casación Social, cuyas integraciones y competencias serán determinadas por su ley orgánica (…)”.

Con información de El Cooperante.

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