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¡JUGADA SUCIA! Estado de Excepción le quita competencias directas a la Asamblea Nacional

El régimen de Nicolás Maduro sigue buscando opciones para restarle poder a la Asamblea Nacional, actualmente dominada por la oposición venezolana. La Constitución de la República establece varios regímenes de competencias para los distintos representantes de los poderes públicos y, aunque existan excepciones en dicho instrumento, hay actuaciones exclusivas y excluyentes que recaen directamente en el presidente de la República, la Asamblea Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia y demás entidades nacionales, estadales y municipales.

Créditos: EFE

Créditos: EFE

La Carta Magna establece que la declaratoria de los estados de excepción es un tipo de particularidad admitida en ciertos ámbitos, siempre y cuando no se menoscaben los Derechos Humanos y otros derechos fundamentales.

El Estado de Excepción de Emergencia Económica publicado en el decreto presidencial 2.323 está enfocado en varios aspectos económicos, políticos, sociales y ambientales a mejorar en el país, pero algunos de estos sobrepasan lo establecido en la Constitución y en específico las competencias de la Asamblea Nacional.

En el artículo 2 del decreto presidencial se encuentran dos numerales que actúan por encima de lo que establece la Carta Magna en lo que respecta al Parlamento: los numerales 5 y 7.

La Constitución en los artículos 150, 154 y 187 (numeral 9) establecen que los contratos de interés público que celebre el Ejecutivo deberán ser aprobados por la Asamblea Nacional, este es un requisito fundamental. Mientras que el decreto destaca, en el numeral 5, que lo señalado en la Carta Magna no se aplicará durante los 60 días que dura el Estado de Excepción y le da al Ejecutivo un poder mayor que el del Parlamento.

«La aprobación y suscripción por parte del Ejecutivo Nacional de contratos de interés público para la obtención de recursos financieros, asesorías técnicas o aprovechamiento de recursos estratégicos para el desarrollo económico del país, sin sometimiento a autorizaciones o aprobaciones de otros Poderes Públicos», dice el numeral.

El anterior no es el único aspecto del decreto que interfiere con las competencias de la Asamblea.

El numeral 7 impide al Parlamento ejercer los artículos 187 (numeral 10) y 222 en lo que respecta al control y las sanciones políticas contra las autoridades del Poder Público y altos funcionarios.

«Decidir la suspensión temporal y excepcional de la ejecución de sanciones de carácter político contra las máximas autoridades del Poder Público y otros altos funcionarios, cuando dichas sanciones puedan obstaculizar la continuidad de la implementación de medidas económicas para la urgente reactivación de la economía nacional, el abastecimiento de bienes y servicios esenciales para el pueblo venezolano, o vulnerar la seguridad de la nación», establece el texto.

Este artículo responde a las intenciones y actuaciones de la Asamblea Nacional de decretar responsabilidad política y moción de censura contra el actual ministro de Alimentación, Rodolfo Marco Torres. Además de los señalamientos de que incurrirán en las mismas medidas para ex ministros de Alimentación, de Economía y funcionarios que estén o hayan estado relacionados con la adquisición de medicinas y alimentos en el país.

El decreto establece que el Parlamento podrá decidir las sanciones, pero el Ejecutivo decidirá si suspende o no su ejecución.

La Asamblea Nacional, a través de distintos diputados, y distintas figuras opositoras han catalogado el decreto de Estado de Excepción como un «auto golpe» de Estado frente a las justificaciones del presidente Nicolás Maduro de que las medidas son necesarias para la recuperación económica del país.

Con información de El Nacional

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