Los calabozos de la sede principal del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), en Plaza Venezuela, tendrán nuevos inquilinos: Lorent Gómez Saleh y Gabriel Valles.
Los miembros de Operación Libertad a quienes Colombia expulsó de su territorio la semana pasada, pasaron a engrosar ayer la lista de recluidos en ese organismo por decisión de los juzgados de Carabobo.
La jueza 3 de Control de Valencia, Magaly Parra, ordenó la detención preventiva de los jóvenes a quienes señala de incumplir el régimen de libertad restringida al que estaban sometidos (presentación cada 21 días) tras en 2010 ser aprehendidos, por supuestamente participar en unas manifestaciones violentas en esa ciudad.
La información la suministró Alfredo Romero, director del Foro Penal Venezolano, organización que ha venido haciéndole seguimiento al caso y ha asesorado a los dos expulsados así como a sus familias.
La noticia se conoció al caer la noche, pues la audiencia de presentación no se inició sino bien entrada la tarde, aún cuando Saleh y Valles habían llegado desde Caracas a Valencia pasadas las 2:30 pm.
Aunque en un principio se esperaba el acto se desarrollara en el Tribunal 11 de Control, el cual dictó la orden de aprehensión contra los jóvenes, el mismo terminó desarrollándose ante el juzgado 3 de Control, pues en ese reposaba el caso que desde hace cuatro años se les sigue a los miembros de la organización opositora. La medida judicial fue uno de los argumentos esgrimidos por el Gobierno de Bogotá para expulsar de su territorio a Saleh y Valles.
«Desde años esta causa (por la que fueron imputados por la presunta comisión de los delitos de incitación pública, incertidumbre y divulgación de información falsa) estaba totalmente paralizada, sin embargo ellos debían presentarse», se quejó Romero.
El 44 constitucional olvidado
Durante la audiencia, la defensa de Saleh y Valles se quejó ante la jueza Parra sobre la situación de incomunicación y aislamiento a la que fueron sometidos desde que las autoridades colombianas los entregaran a las venezolanas y la funcionaria permitió a ambos conversar con sus familiares, según reseña El Universal.
El artículo 44 de la Constitución establece que «toda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares, abogado o persona de su confianza, y éstos, a su vez, tienen el derecho a ser informados sobre el lugar donde se encuentra la persona detenida, a ser notificados inmediatamente de los motivos de la detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado físico y psíquico de la persona detenida».