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¡LE MOSTRAMOS! La AN de Diosdado aprobó en 2013 una ley para castigar casos de torturas como las del capitán Acosta

La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) presidida por Diosdado Cabello, aprobó en 2013 la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, pero parece ser ignorada frente a los casos del concejal Fernando Albán y del capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo.

Yamil Lage/AFP

La finalidad de esta ley era evitar que se cometiera este tipo de delitos, castigar a quienes lo cometan y que el Estado repare a las víctimas y sus familiares.

Sibn embargo, han ocurrido dos casos contundente que hacen referencia a la comisión de estos delitos, se trata de la muerte del concejal Albán ocurrida el 8 de octubre de 2018, cuando se encontraba detenido en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Militar (Sebin) ubicada en Plaza Venezuela, por supuestamente incurrir en planes de desestabilización contra el gobierno de Nicolás Maduro.

El fiscal general de Maduro, Tarek William Saab, confirmó su deceso a través de una llamada telefónica al canal Venezolana de Televisión (VTV): “Hemos tenido conocimiento hace pocos minutos del suicidio del concejal del área metropolitana de Caracas, Fernando Alberto Albán Salazar. La versión preliminar que nuestros funcionarios han recogido en el lugar de los hechos, apenas conocimos la noticia, es que el ciudadano solicitó ir al baño y estando allí se lanzó al vacío desde un piso 10″.

Nueve meses después, el 26 de junio pasado, ocurre un hecho similar con la muerte del militar Acosta Arévalo, quien estaba detenido en la Dirección de Contrainteligencia Militar (Dgcim) ubicada en Boleíta, municipio Sucre. Estaba señalado de conspirar contra el gobierno de Maduro.

La autopsia hecha por patólogos de la morgue de Bello Monte, reveló que Acosta Arévalo murió a causa de un edema cerebral, debido a insuficiencia respiratoria aguda por una rabdomiólisis a causa de traumatismo generalizado, lo que podría confirmar que sus complicaciones de salud fueron causadas por torturas.

De acuerdo con el artículo 17 de la Ley sobre Tortura, el castigo por este delito podría ser de hasta 25 años de cárcel, a todo aquel “funcionario que en funciones inherentes a su cargo lesione a una persona que se encuentre bajo su custodia en su integridad física, psíquica o moral, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, con la intención de intimidar, castigar u obtener información o una confesión”. Además sería inhabilitado para ejercer cargos públicos durante 15 a 25 años. Mientras que los colaboradores podrían enfrentar la misma condena.

Por otro lado, el artículo 6, indica que las víctimas y familiares tienen derecho a exigir medidas de protección y seguimiento.

Redacción Maduradas con información de El Pitazo.

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