La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró procedente la solicitud de extradición activa, acordada contra el diputado Julio Borges, para su enjuiciamiento en territorio venezolano, “por la presunta comisión del delito de encubrimiento”.
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Composición: Maduradas/ Fotos: AVN- Reuters
De acuerdo con una nota de prensa del TSJ, el delito del que se le acusa, está “tipificado en el artículo 254 del Código Penal venezolano con la agravante establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como, el delito de omisión de asistencia y socorro, tipificado en el artículo 438 del mencionado Código Penal”.
“Señala la sentencia del Máximo Juzgado venezolano que hay razones suficientes de hecho y de Derecho para que el ciudadano Julio Andrés Borges Junyet sea juzgado en territorio venezolano por los delitos señalados. Agrega la decisión del TSJ, entre otros aspectos, que la solicitud de ampliación de la extradición fue planteada por el Ministerio Público”, destaca la nota de prensa.
Redacción Maduradas con información de Nota de Prensa
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