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¡PARA QUE LO SEPAN! Habrá nuevos partidos políticos solo si el CNE los autoriza

Un nuevo reglamento publicado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), sobre el que poco se ha dicho, le otorga a ese organismo completa discrecionalidad para la formación de nuevos partidos políticos, vulnerando el derecho a la libre asociación política y violando abiertamente la Constitución.

El CNE no deja de ser noticia para los venezolanos. En esta oportunidad, con ocasión del Reglamento Parcial de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones. Es la primera vez desde la entrada en vigencia de la Constitución de 1999, que el Poder Electoral regula la materia referente a las organizaciones con fines políticos, pues hasta ahora lo hacía la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Pública y Manifestaciones.

Crédito: AVN

La organización Acceso a la Justicia llama la atención sobre esta normativa que, a pesar de ser peligrosa, ha pasado por debajo de la mesa. Preocupa porque profundiza el deterioro de los derechos políticos de los venezolanos, especialmente el derecho a conformar una organización con fines políticos, consagrado en el artículo 67 de la Constitución y desarrollado en el mencionado texto legal, reseñó una nota de prensa.

El reglamento en cuestión tiene la “peculiaridad” de indicar expresamente el deber que tiene el CNE de establecer la automatización en el proceso de inscripción o renovación de la militancia de los partidos políticos para evitar la doble militancia (artículo 32). Como Acceso a la Justicia ha advertido en anteriores ocasiones, fue previsto a partir de un recurso de interpretación constitucional, por la Sala Constitucional en sentencia N° 1, de fecha 05 de enero de 2016, y la sentencia N° 878 del 21 de octubre de 2016, violando los principios de la reserva legal, legalidad y separación de poderes.

Pero lo más peligroso es que este “reglamento” (acto de rango inferior a la Constitución y las leyes) deja exclusivamente en manos del CNE decidir cuándo pueden los ciudadanos ejercer su derecho a asociarse en una organización política.

El artículo 1, de hecho, establece que la Comisión de Participación Política y Financiamiento (Copafi) “publicará, en el primer mes de cada año, un aviso oficial con la convocatoria a las interesadas o interesados en conformar una organización con fines políticos, en el cual informará del inicio de la recepción de solicitudes de denominación provisional, a fin de garantizar la participación política de las ciudadanas y ciudadanos, así como la orientación para el efectivo ejercicio del derecho a la asociación política”.

Asimismo, agrega la mencionada disposición que el CNE “en casos excepcionales, podrá convocar a las interesadas o interesados en conformar una organización con fines políticos, en cualquier otra oportunidad, mediante el mecanismo establecido en el presente artículo”.

Para Acceso a la Justicia este mecanismo es una nueva forma de control del Gobierno a través del Poder Electoral, que busca cambiar radicalmente el régimen de la constitución de los partidos políticos en Venezuela y, por ende, coartar la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos.

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