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¡DEBE SABERLO! ¿Cómo tributan los pagos con bitcoin en Venezuela? 5 claves para entenderlo

El próximo domingo 27 de marzo entrará el vigencia el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) que gravará a las operaciones con bitcoin (BTC) y otras criptomonedas, distintas al petro.

Pxhere

El nuevo IGTF pretende adaptarse a los pagos que se realicen con moneda extranjera y criptomonedas, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) publicó el pasado jueves 17 de marzo la providencia administrativa que designa a los Sujetos Pasivos Especiales (SPE) como agentes de percepción del nuevo impuesto.

El instrumento tributario establece, salvo algunas excepciones, que serán gravadas las operaciones con moneda extranjera, bitcoin u otras criptomonedas distintas al petro que se hagan con intermediación de la banca nacional en moneda de curso legal. Es decir, toda transacción que implique grandes movimientos de bolívares a través de la banca nacional.

Asimismo, la providencia administrativa designa a los bancos como SPE, por lo tanto, serán ellos los que apliquen la tasa correspondiente a las transferencias con moneda extranjera, bitcoin y otras criptomonedas que involucren al sistema financiero nacional.

En el caso de las transacciones hechas fuera del sistema bancario, el impuesto será aplicado a los pagos realizados en establecimientos, negocios, empresas o personas jurídicas o naturales, calificadas como contribuyentes especiales o agentes de percepción de este tributo.

Con respecto a ello, la providencia señala en su artículo 5 que los sujetos pasivos especiales que utilicen máquina fiscal, deben ajustarla a los fines de reflejar en la factura la tasa del impuesto cobrada, la cual oscilará entre el 2% y hasta un 20%. Además, apunta que las facturas emitidas deben reflejar la tasa impositiva según el tipo de operación realizada y el monto total del impuesto cobrado.

Le explicamos cinco claves para entender cómo será el pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF):

1.- ¿Qué se entiende por grandes transacciones en Venezuela?

Las operaciones gravadas son todas aquellas que se efectúan con moneda extranjera, bitcoin y otras criptomonedas a un contribuyente especial que involucre o no a la banca nacional distintas al petro.

La ley en su artículo 24 fija una tasa de 3% para las operaciones con moneda extranjera, bitcoin y otras criptomonedas, distintos a los emitidos por la República. Esto, tanto para las transacciones dentro del sistema bancario, como fuera de este, mientras el “Ejecutivo Nacional no establezca una alícuota distinta”.

2.- ¿Qué operaciones están exentas del impuesto a los pagos con bitcoin o moneda extranjera?

Las operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas estarna exentas.

Alberto Barboza, consultor tributario durante conversatorio sobre el IGTF indicó que podría entenderse que quedarían excluidos del impuesto los cambios de bitcoin y otras criptomonedas a bolívares que los usuarios realicen en exchanges u otros proveedores de servicios. Sin embargo, esta particularidad no está del todo clara en la ley.

No están sujetos al pago del impuesto los pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales «desde cuentas en divisas», a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes.

Los pagos en monedas distintas al bolívar y criptomonedas diferentes al petro realizados a personas que no sean SPE, también fueron exonerados del impuesto.

Quiere decir que cualquier pago con bitcoin que se realice en establecimientos, negocios o personas naturales que no hayan sido calificadas como contribuyentes especiales, no estarán sujetas al pago del tributo a las grandes transacciones.

Las remesas enviadas desde el exterior a través de las instituciones autorizadas para tal efecto, se cree que lo que está no sujeto al impuesto es el hecho de que una persona retire de su cuenta el dinero que le fue transferido desde el exterior. Porque al hacer un depósito en su cuenta, ese depósito no representa hecho imponible del impuesto.

3.- ¿De qué manera impactará este nuevo impuesto en la economía venezolana?

El abogado financiero Daniel Betancourt dijo durante una entrevista transmitida por radio que un impuesto con las características que tiene este tributo a las operaciones con divisas o criptomonedas en Venezuela, no suele implementarse en los sistemas tributarios de los países. Esto debido a que se le considera como un instrumento agresivo desde el punto de vista económico.

Este es un impuesto al que se le denomina monofásico, lo cual significa que en cada eslabón de la cadena comercial se produce y se acumula el tributo. Para explicarlo mejor usamos una expresión gráfica, entonces decimos que este tipo de impuestos produce un efecto avalancha, que es como una bola de nieve que el producido tributario va generando cuesta abajo en el comercio y bueno evidentemente eso tiene un costo inflacionario para toda la población.

Betancourt agregó que en otros países donde se han implementado impuestos similares, todos se aplican con tasas por debajo del 1% y de manera temporal, comprendiendo el impacto inflacionario que tienen en la cadena comercial. «Esta alícuota que ha impuesto la ley de reforma a las transacciones financieras es altísima y va a generar, sin duda alguna, un efecto inflacionario en el nivel de precios en Venezuela», explicó.

El aumento salarial que acaba de hacer el gobierno va a terminar diluyéndose. Seguramente usted piensa que si no paga en divisas no estará sujeto al impuesto y eso es formalmente cierto, pero también es cierto que usted va a pagar un precio que está formado por un impuesto en cada eslabón de la cadena comercial y que evidentemente cada quien va a terminar pagando más por cada producto que compre. Yo realmente espero que los efectos económicos que producirá este impuesto sean repensados por el gobierno nacional y al menos se amplíen las exenciones.

4.- ¿Qué pasa si alguien se niega a pagar el impuesto a las operaciones con bitcoin y otras criptomonedas?

Daniel Betancourt, abogado financiero, señala que estos métodos están amparados por grandes sanciones, lo cual quiere decir que si alguien se niega a cumplir con la retención o el pago de tributos puede sufrir graves consecuencias.

Hay una sanción que es la más alta del código orgánico tributario que es de 500% por la cantidad no percibida en tributos. Significa que estamos ante un marco sancionatorio muy rígido y por eso difícilmente los agentes de percepción o los sujetos pasivos especiales se van a excusar, porque si caen en sanciones el costo económico. La realidad es que nadie se quiere enfrentar con el Seniat en esta época.

5.- ¿Qué sucederá con los productos básicos, como alimentos, medicinas y servicios médicos que incluso están exentos del impuesto al valor agregado (IVA)?

Hasta ahora, el Ejecutivo nacional no ha informado sobre exenciones del impuesto a las transacciones financieras para la lista de productos que están exonerados del IVA, en caso de que estos sean pagados en moneda extranjera o criptomonedas.

Según mencionan los especialistas, a partir del lunes 28 de marzo, los productos básicos, servicios educativos o médicos que están exentos del IVA, si pueden incluir el 3% que impone el IGTF en caso de pagarse con moneda extranjera, bitcoin u otras criptomonedas distintas al petro ante un contribuyente especial.

Redacción Maduradas con información de Cripto Noticias

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