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¡SEPA! Director de Migración Colombia aclara que el Estatuto de Protección Temporal no otorgará nacionalidad a venezolanos

Juan Francisco Espinosa, director de Migración Colombia, aclaró que el Estatuto de Protección Temporal para migrantes venezolanos no les otorgará la nacionalidad.

Migración Colombia (@MigracionCol)

El funcionario explicó que con este estatuto los venezolanos no tendrán la nacionalidad colombiana ni derecho al voto.

«El Estatuto no dará la nacionalidad colombiana a los venezolanos, ni tampoco el derecho al voto en las elecciones presidenciales de 2022«, destacó para aclarar rumores que aseguraban que el gobierno de Iván Duque buscaba sumar votos a su favor en las venideras elecciones.

Recordó que las leyes en Colombia establecen que los extranjeros, sin importar el país de origen, no pueden participar en las elecciones presidenciales de ese país.

«En Colombia, por disposición legal -una disposición que es la Ley 1070 y que tiene más de 10 años, los extranjeros no pueden participar de los procesos electorales presidenciales«, indicó.

Cabe destacar que Duque aprobó otorgar un Estatus de Protección Temporal para los migrantes y refugiados venezolanos (ETPV) en Colombia, cuya vigencia será de 10 años y permitirá identificar a la población migrante en ese país, otorgar el permiso de protección temporal y la visa de residente.

Redacción Maduradas con información de Runrunes.

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