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¡SEPA! IVA, garantías y trámites: El posible impacto de los nuevos anuncios económicos del régimen en el sector empresarial

Nicolás Maduro anunció el pasado 26 de agosto una serie de medidas económicas para «proteger a la sociedad en medio de la pandemia del covid-19».

Prensa Miraflores

Uno de los anuncios más relevantes fue el cambio en el período de pago del IVA, que es solo para los contribuyentes especiales quienes desde septiembre de 2018 venían haciendo sus declaraciones semanalmente y ahora comenzarán a pagarlo de forma quincenal.

Hasta el momento se desconoce si la modificación abarca las retenciones de IVA y los anticipos de IVA semanal.

Según un trabajo realizado por la abogada en Relaciones Industriales Mariela Llovera para El Nacional, la recomendación es que los propietarios de negocios y responsables de impuestos en las empresas evalúen el impacto de estos cambios en sus operaciones, considerando que se verán afectados los libros del IVA y por esta razón, sería necesario adecuar los sistemas administrativos donde se hacen los registros contables.

En el sector inmobiliario, las medidas económicas incluyen la prohibición de ejecutar las garantías de créditos hipotecarios hasta el 31 de diciembre de 2020.

Además, contempla la prohibición de desalojos de viviendas y comercios en inmuebles arrendados hasta esa fecha, aunque no se menciona prórrogas sobre la suspensión de los pagos.

Cabe destacar que para conocer de estos detalles, sobre los que Maduro no hizo ninguna aclaratoria, es necesario esperar a que sea publicado en Gaceta Oficial.

En materia laboral se mantiene la transferencia de fondos económicos a través de depósitos en el monedero de la patria.

Este dinero representa un complemento de la nómina que se mantendrá hasta finalizar el año.

Maduro reconoció también que Venezuela es el segundo país más lento en el mundo en la realización de trámites, por lo que anunció algunos beneficios para la creación de nuevas empresas en el país como:

1.- La simplificación de trámites administrativos;

2.- La exoneración del pago de las tasas del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) y registro mercantil para todas las microempresas;

3.- Exoneración del pago del Impuesto Sobre la Renta para todas las pequeñas empresas;

4.- Exoneración deI Impuesto sobre Actividades Económicas (Patente de Industria y Comercio) para todas las pequeñas empresas, esto aplica para las empresas creadas durante la pandemia.

Esto quiere decir que los beneficios fiscales solo aplican para las nuevas empresas y no toman en cuenta las que ya se encuentran operativas en medio de la crisis económica que las mantiene en riesgo de cierre.

Redacción Maduradas con información de El Nacional.

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