El Seniat informó a través de su portal web que las personas dedicadas a las labores de transporte, como taxistas, conductores de transporte público o privado, y hasta de carros por puesto que hayan percibido ingresos mayores a 32.000 Unidades Tributarias (UT), es decir, 9 millones 600.000 bolívares, están obligados a declarar el Impuesto Sobre la Renta (Islr).

Foto: El Universal.
Esto no quiere decir que deban pagar, pues la suma posiblemente no sea la mínima para que hagan algún pago.
Explicaron que esto se debe a que los conductores son calificados como personas naturales: “La Ley Impuesto Sobre la Renta, a diferencia del Impuesto al Valor Agregado (IVA), no expresa una exención para el transporte de personas por vía terrestre, lo que obliga a las personas dedicadas a esta actividad a declarar y pagar cuando corresponda”.
La institución instó a los contribuyentes a realizar la declaración definitiva de rentas correspondiente al año fiscal 2017 antes del próximo 2 de abril.
Redacción Maduradas con información de Caraota Digital.
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