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¿A TUMBAR LA MAYORÍA, COMO SEA? Con 90 diputados la oposición quedaría de manos atadas

No se podrían revocar las controversiales designaciones de las autoridades de los poderes Judicial, Electoral y Ciudadano.

Según reseña la nota publicada por el diario El Nacional, si la impugnación de 22 diputados de la Mesa de la Unidad Democrática fuera cierta y prosperara en la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, la oposición quedaría con 90 diputados o, lo que es lo mismo, perdería la mayoría de dos terceras partes de la Asamblea Nacional que logró en los comicios del 6 de diciembre.

Crédito: MIGUEL GUTIERREZ / EFE

Crédito: MIGUEL GUTIERREZ / EFE

Ni siquiera dispondría de los tres quintos (100 diputados), de modo que en la práctica no podría hacer mayor contrapeso al gobierno.

Cabe destacar que el TSJ informó en un comunicado que no ha recibido aun solicitud de impugnación de las elecciones pero la oposición insiste en que este es el plan del Gobierno a concretarse antes del 5 de enero.

José Peña Solís, ex presidente de la Sala Electoral, califica de perverso el plan del oficialismo: “Se intenta recubrir de un barniz jurídico el empeño del chavismo en desconocer la voluntad popular expresada a través del sufragio y su resistencia a perder el poder”.

La página web del TSJ indica que la Sala Electoral tuvo despacho hasta el 10 de diciembre. Sin embargo, una fuente dentro del TSJ informó que habrían abierto sus puertas para recibir un recurso contencioso de nulidad acompañado de una solicitud cautelar de suspensión de los efectos de la elección y proclamación de este grupo de 22 diputados opositores.

Peña Solís explica que la medida cautelar de suspensión de efectos se puede dictar inaudita parte; es decir, sin notificar a los afectados y de manera inmediata. Lo más grave es que el impedimento para que estos 22 diputados opositores se incorporen a la legislatura de la Asamblea Nacional, que comienza el 5 de enero de 2016, puede prolongarse indefinidamente.

“Aunque la ley dispone una abreviación de lapsos, la Sala Electoral puede retardar la emisión de una sentencia sobre el fondo de la controversia todo el tiempo que quiera o, mejor dicho, que necesite el gobierno para que la maniobra surta efectos”, advierte el ex magistrado.

Así las cosas, la oposición no podría revocar las decisiones de la legislatura saliente, entre ellas la designación de los magistrados del TSJ, los rectores del CNE y las autoridades del Poder Ciudadano, ni aprobar votos de censura al vicepresidente y a los ministros.

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