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¡GRAVE! Maduro decreta Estado de Excepción: podrá restringir garantías y dictar medidas excepcionales

El presidente de la República, Nicolás Maduro, ha vuelto a dar un nuevo golpe a los venezolanos al decretar un Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el país, el cual durará un periodo de 60 días y será prorrogable por el mismo lapso según se establece en el decreto N°2.849 de la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.298, publicada este martes.

Composición Madurada

El decreto N° 6.298 establece un nuevo Estado de Excepción después que el Ejecutivo prorrogara el decretado en enero de 2016, por medio del Tribunal Supremo de Justicia, en seis oportunidades. Recordemos que en esa oportunidad, el TSJ pasó por encima de los poderes y atribuciones de la Asamblea Nacional, que previamente había negado el decreto por considerarlo inconstitucional e innecesario.

En el documento se establece que el Estado de Excepción se decreta con el fin de que «el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos de preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida”.

Con este estado de excepción, el presidente podrá restringir garantías y dictar medidas de orden social, estas últimas muy importantes si se consideran las jornadas de protestas opositoras que se han mantenido en el país en los últimos 46 días y han dejado más de 43 fallecidos.

Así mismo, el artículo 3 del presente decreto dicta lo siguiente: “El Presidente de la República podrá dictar otras medidas de orden social, económico, político y jurídico que estime convenientes a las circunstancias, de conformidad con los artículos 337, 338, y 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con la finalidad de resolver la situación extraordinaria y excepcional que constituye el objeto del presente Decreto e impedir la extensión de sus efectos”.

El decreto será enviado al Tribunal Supremo de Justicia en los ocho días siguientes de su publicación.

Redacción Maduradas.

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