La jueza 29 de Juicio, Bárbara César Siero, dispuso el uso de la fuerza pública para la ubicación y traslado de Carlos Genatios y Francisco Layrisse, respectivamente articulista y directivo de Tal Cual. La resolución fue emitida el 10 de septiembre de 2014 pero sólo hasta ayer fue notificada a los respectivos abogados.
La resolución judicial, denominada mandato de conducción, se debe a una demanda interpuesta por el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, por difamación agravada. Cabello formalizó la querella el 24 de enero de 2014. El presidente de la Asamblea alegó que Genatios mintió al señalar en un artículo de opinión titulado “Patria, socialismo o muerte”, que el dirigente oficialista había dicho “a quién no le guste la inseguridad, que se vaya del país”.
Genatios y los representantes del diario hicieron una rectificación, pero Cabello no dio tregua.
El caso quedó en manos de la jueza César Siero y el 6 de marzo admitió la demanda, prohibió la salida del país de los demandados y les impuso presentación semanal ante el Tribunal 29 de Juicio.
“Se trata de un artero ataque contra la libertad de expresión, contra uno de los pocos medios independientes que están quedando, después de las compras boliburguesas de medios y la escasez de papel para los impresos”, escribió Teodoro Petkoff, director de Tal Cual, hace cinco meses.
En el comunicado de la Relatoría sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos divulgado este lunes, se hace mención expresa del caso Tal Cual. Se destaca que los demandados podrían ser condenados a penas de prisión de cuatro años y al pago de multas millonarias, reseñó el portal de Venezuelaaldía.
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