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¡QUE NO TE CONFUNDAN! Así es como quedaron los cupos viajeros y electrónicos + INFOGRAFÍA

Entre los cambios están Perú, Panamá y una diferenciación que se estableció para la Florida, en Estados Unidos. La Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.122, que circuló este viernes, contiene la providencia sobre los requisitos, controles y trámites para la solicitud de autorización de adquisición de divisas destinadas al pago de consumos en el extranjero.


El documento precisa que, dependiendo del destino, la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) podrá autorizar hasta un monto máximo de 3.000 dólares por año, entre el 1º de enero y el 31 de diciembre, para el pago en divisas en el extranjero con tarjeta de crédito.

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Para quienes viajen a Asia, África, Europa y Oceanía, se autorizará un máximo anual de 2.000 dólares por un viaje de hasta siete días y 3.000 dólares si supera los ocho días.

Para Belice, Canadá, Chile, El Salvador, Estados Unidos (excepto el estado de La Florida), Guatemala, Guyana, Honduras, México y Surinam; Antigua y Barbuda, Bolivia, Cuba, Dominica, Ecuador, Nicaragua, San Vicente y Las Granadinas; Argentina, Brasil, Paragua y Uruguay; se autorizarán 1.000 dólares, por un viaje de hasta tres días; de cuatro a siete días, 2.000 dólares; y 2.500 dólares, de ocho días en adelante.

Mientras, para Aruba, Bonaire, Colombia, Costa Rica, Curazao, Panamá, Perú y el estado de La Florida, en Estados Unidos, el monto máximo será de 300 dólares en viajes de hasta tres días; 500 dólares, de cuatro a siete días; y 700 dólares de ocho días en adelante.

En el caso de otros destinos en el Caribe, las autorizaciones máximas serán de 500 dólares para salidas de hasta tres días; 700 dólares, de cuatro a siete días; y 1.000 dólares para más de ocho días.

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Entre los cambios están Perú, que hasta ahora tenía un monto máximo autorizado de 2.500 dólares y pasó a 700 dólares; Panamá, que se redujo de 1.000 dólares a 700; y la diferenciación que se estableció para la Florida, en Estados Unidos.

Para adelanto de efectivo por cajeros automáticos, permanece un máximo mensual de 10% del monto total autorizado. El efectivo para viajeros será de 300 dólares (Colombia, Panamá, Costa Rica, Perú, Florida y las islas del Caribe) o 500 dólares (el resto de los destinos).

Estas mismas cantidades son las que podrán recibir los niños y adolescentes, al igual que hasta ahora.

La Providencia entra en vigencia desde el 24 de enero de 2014.

De acuerdo al Convenio Cambiario N° 25 se establece que el tipo de cambio para estos casos será el resultante de las subasta del SICAD.

Para realizar la solicitud del cupo electrónico es necesario que la persona sea titular de la tarjeta de crédito, y que la tarjeta tenga una fecha de emisión superior a los 6 meses.

Entre los requisitos de solicitud también se establece la consignación ante el «Operador Cambiario Autorizado» de una planilla obtenida vía electrónica, junto con copia de la cédula de identidad y el Registro Único de Información Fiscal.

Si el usuario desea realizar un cambio de Operador Cambiario debe notificarlo a CADIVI y este a su vez le notificará al Operador.

A continuación los destinos y los montos según la nueva providencia:

Cupo CADIVI Providencia Gaceta

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