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¡TE LO CONTAMOS! ¿Por qué en Venezuela no se puede hacer un juicio político contra Maduro?

Por las vías legales. Constitución venezolana no ofrece espacio para un juicio político que permita destitución de Nicolás Maduro, pero hay otras vías legales que permiten a Poderes Públicos como la Asamblea Nacional proceder en contra del primer mandatario en caso de que este incurra en un delito.

El impeachment o juicio político es una figura legal que permite a los poderes públicos investigar y corroborar la incursión de un funcionario público en cualquier tipo de delito.

Foto: AP

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La Constitución venezolana no establece este mecanismo, a diferencia de Brasil, que con la aprobación de la Cámara de Diputados y el Senado se destituye al presidente temporalmente hasta comprobar su culpa.

No obstante, hay dos alternativas para cuidar la devastada autonomía de los poderes en Venezuela, en caso de que el mandatario nacional viole las leyes. Esto les compete a la Asamblea Nacional (AN), el Consejo Moral Republicano y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

“En la Constitución se establecen dos figuras parecidas al impeachment, la primera es el juicio por responsabilidad política contra el presidente de la República. Esta declaratoria la efectúa la Asamblea Nacional de acuerdo al artículo 222 de la Constitución”, aclaró el abogado, José Vicente Haro.

La semana pasada, el presidente Nicolás Maduro promulgó el decreto 2.309. Este “restringe y difiere” las mociones de censura establecidas por el Parlamento hasta que no termine el Decreto de Emergencia Económica, estado de excepción promulgado sin la autorización del legislativo.

El decreto, fue la manera en la que el mandatario respondió a la censura contra el ministro de Alimentación, Marco Torres, por no comparecer con respecto a la Crisis Alimentaria el 28 de abril. Una falta a sus competencias como funcionario y una violación de la facultad de la AN, establecida en el artículo 223 de la Constitución.

“El presidente debe destituir al ministro. Es más, si se revisa el artículo 232, se lee que la declaraciones de estado de excepción no exoneran la responsabilidad del presidente en sus acciones”, acotó.

Procedimiento

En caso de que la AN decrete la responsabilidad política del presidente por incumplimiento de la Constitución. Tendría que llevar su debida investigación sobre el delito y se redactaría un informe. Este sería remitido al Consejo Moral Republicano, que de ser ratificado pasaría al último filtro: el Tribunal Supremo de Justicia.

José Vicente Haro explicó el procedimiento: “Se nombra una comisión en la plenaria, constatan que es una violación a la ley, emiten un informe y lo mandan a la Asamblea Nacional, luego del debate se decidirá o no determinar la responsabilidad política del presidente, pero ésta primera etapa no acarrea la destitución del presidente”.

Apartar a Nicolás Maduro de su cargo por esta vía mientras se lo investiga, no está permitido hasta que el TSJ lo sentencie. Una clara diferencia con la legislación brasileña y la reciente destitución por 180 días de Dilma Rousseff.

“Para que eso pueda llegar tiene que pasar por una segunda etapa, y es que la Asamblea Nacional de acuerdo a la Constitución debe remitir eso al Consejo Moral Republicano, es decir, al Poder Ciudadano. El Consejo debe recibir esa declaratoria de responsabilidad política y solicita a la Sala Plena del tribunal la destitución”, aclaró el jurista.

Antejuicio de mérito

A parte de la responsabilidad política, otra situación es que el presidente sea acusado formalmente por desacatar el artículo 143, numeral 2, del Código Procesal Penal. Este establece que serán castigados con prisión de 12 a 24 años: “Los que, sin el objeto de cambiar la forma política republicana que se ha dado a la nación, conspiren o se alcen para cambiar violentamente la Constitución de la República”.

“Este sería el delito en el que incurrió el presidente de la República al tratar de cambiar la Constitución. Él está básicamente desconociéndola con otra forma establecida en ella (el decreto presidencial)”, agregó Haro.

El abogado explicó para llegar a un juicio se debe introducir la demanda ante la Fiscalía General de la República, quienes investigarán y establecerán las responsabilidades correspondientes. Después, pasaría a la Sala Plena del TSJ, en la que los magistrados declararían que el mandatario debe separarse de su cargo con la apertura de un antejuicio de mérito.

Para el jurista, estas son medidas que se pueden aplicar en teoría, pero en la práctica no. La razón primordial de ello es que el único poder independiente al Ejecutivo es la AN, aunque consideró pertinente que se realice el proceso para que sirva de sustento con el fin de activar la Carta Democrática Interamericana.

Ninguno de los dos mecanismo en la práctica son viables, pero considero necesario que la Asamblea Nacional determine la responsabilidad política, haga las gestiones y que todas las actuaciones del gobierno se especifiquen y remitan al secretario general de la OEA, porque allí se demostrará que se vulnera la democracia y que es necesario activar la carta”, concluyó.

La abogado y articulista Thays Peñalver explica en video por qué en Venezuela no ha sido posible un juicio al presidente Nicolás Maduro como se hizo en Brasil, pese a que la crisis en Venezuela es solo comparable a los países más empobrecidos de África.

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Con información de El Nacional y La Patilla

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