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¡URGENTE! TSJ declara desacato de la nueva Asamblea y NULAS todas sus decisiones y acciones

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente el recurso de desacato interpuesto por el chavismo en contra de tres diputados opositores escogidos para representar al estado Amazonas y que fueron impugnados ante esta institución. También declaró nulos todos los actos de Asamblea que se dicten o hayan dictado mientras no se desincorporen los diputados en cuestión. La nueva directiva de la Asamblea Nacional con mayoría opositora juramentó a los parlamentarios en la sesión del pasado miércoles.

La Mesa de la Unidad Democrática (MUD) en la voz de su primer vicepresidente Enrique Márquez indicó que la sentencia del TSJ que suspendió la proclamación de los asambleístas es inaplicable porque vulnera la voluntad ciudadana expresada en los comicios del 6 de dciembre.

Crédito: AVN

Crédito: AVN

El Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) argumentó que la oposición se excedió al incorporar a los diputados impugnados y agregó que los actos celebrados ese día, tales como la designación de una comisión que investigue la designación de los magistrados del TSJ.

Decisión: la Sala declaró:

1. ADMITE la intervención de los ciudadanos identificados en presente fallo como terceros en la causa contentiva del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar.

2.-RATIFICA el contenido de la decisión número 260 del 30 de diciembre de 2015, a los fines de su inmediato cumplimiento.

3.-PROCEDENTE EL DESACATO de la sentencia número 260 dictada por la Sala Electoral el 30 de diciembre de 2015, por los miembros de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, Diputados Henry Ramos Allup, Enrique Márquez y José Simón Calzadilla y por los ciudadanos Julio Haron Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana, titulares de los números de cédula de identidad V-12.173.417, V-1.569.032 y V-13.325.572, respectivamente,

4.-ORDENA a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional dejar sin efecto la referida juramentación y en consecuencia proceda con LA DESINCORPORACIÓN inmediata de los ciudadanos Nirma Guarulla, Julio Haron Ygarza y Romel Guzamana, lo cual deberá verificarse y dejar constancia de ello en Sesión Ordinaria de dicho órgano legislativo nacional.

5- NULOS ABSOLUTAMENTE los actos de la Asamblea Nacional que se hayan dictado o se dictaren, mientras se mantenga la incorporación de los ciudadanos sujetos de la decisión N° 260 del 30 de diciembre de 2015 y del presente fallo.

Información de NTN24.

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